El Poder Judicial responsabilizó a la entidad financiera por no garantizar medidas suficientes de seguridad luego de que delincuentes ingresaran a la aplicación móvil del usuario y realizaran transferencias no autorizadas en pesos y dólares.
Un juzgado federal condenó a un banco a reintegrar el dinero sustraído a un cliente que sufrió el robo de su celular y, horas después, detectó que habían vaciado sus cuentas mediante operaciones no autorizadas. La sentencia consideró que la entidad financiera no cumplió con los estándares de seguridad exigibles para sus canales digitales.
El caso se originó en mayo de 2022, cuando la víctima denunció que fue asaltada en la vía pública en Lanús, provincia de Buenos Aires. Según el expediente, mientras hablaba por teléfono fue sorprendido por dos personas en motocicleta que le arrebataron el dispositivo móvil.
Minutos después del hecho, el usuario intentó comunicarse con el banco para bloquear el acceso a sus productos financieros, ya que el teléfono tenía instalada la aplicación oficial de la entidad.
Qué ocurrió con las cuentas
De acuerdo con la demanda judicial, el cliente logró contactarse varias horas más tarde con el servicio de atención. Allí, siempre según la presentación, le indicaron que la plataforma contaba con mecanismos de doble validación y que no resultaba necesario inmovilizar de inmediato las cuentas.
Cuando ingresó luego al homebanking desde otro dispositivo, comprobó que se habían realizado movimientos sin autorización. En total, se transfirieron 1.000 dólares y 120.000 pesos entre transferencias y débitos inmediatos.
Recién tras un nuevo reclamo, la entidad procedió al bloqueo. El damnificado también efectuó denuncias ante fuerzas de seguridad y avanzó con presentaciones administrativas antes de iniciar la demanda civil.
Los argumentos del fallo
El tribunal entendió que el banco posee una obligación reforzada de custodia cuando ofrece servicios digitales, debido al riesgo que implican las operaciones remotas y la confianza que deposita el usuario en esas herramientas.
Además, valoró informes periciales que indicaron inconsistencias en los controles de seguridad y en el monitoreo de movimientos sospechosos. Aunque algunas operaciones fueron rechazadas, otras se aprobaron y permitieron la salida del dinero.
La resolución también recordó que las normas de defensa del consumidor y el Código Civil y Comercial obligan a interpretar este tipo de conflictos de manera favorable al usuario cuando existen dudas sobre la responsabilidad.
Qué deberá pagar la entidad
La sentencia reconoció el daño patrimonial por los fondos sustraídos y agregó una indemnización por daño moral de 150.000 pesos, a raíz de las secuelas emocionales acreditadas en el expediente.
Asimismo, el banco deberá abonar intereses desde la fecha del hecho y asumir las costas judiciales. El fallo rechazó, en cambio, la aplicación de daños punitivos al considerar que no se configuró un grado de conducta agravada suficiente.
El caso vuelve a poner el foco sobre la seguridad de las aplicaciones financieras y la respuesta que deben brindar las entidades frente a maniobras fraudulentas.