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Política Boletín oficial

Vialidad Nacional multó a Caminos del Río Uruguay por falta de señalización

Vialidad Nacional sancionó nuevamente a Caminos del Río Uruguay por la falta de señalización horizontal en la Ruta A015, acceso a Salto Grande. La multa surge de inspecciones realizadas en 2023 sobre un tramo en estado crítico.

9 de Enero de 2026
Ruta 14
Ruta 14

Vialidad Nacional sancionó nuevamente a Caminos del Río Uruguay por la falta de señalización horizontal en la Ruta A015, acceso a Salto Grande. La multa surge de inspecciones realizadas en 2023 sobre un tramo en estado crítico.

Mediante Resolución 15/2026, de fecha 7 de enero de 2026, Vialidad Nacional dispuso multar a la exconcesionaria del corredor vial de las Rutas 12 y 14, Caminos del Río Uruguay, por la falta de señalización horizontal, esta vez en la A015, acceso a la Represa de Salto Grande.

 

Se trata de un tramo cuyo actual es calamitoso. En enero de 2023, cuando se hicieron las inspecciones que justifican las multas dispuestas tres años después, al parecer lo único que detectaron fueron las falencias de señalización.

 

La parte resolutiva de la resolución imputa a Caminos del Río Uruguay S.A. “la comisión de una infracción a la obligación contractual dispuesta en el Artículo 7 “Condiciones a cumplir en la conservación de rutina”, Inciso 7.9 “Señalamiento y seguridad”, Apartado 7.9.3. “Señalamiento horizontal”, del Capítulo I “Especificaciones Técnicas Generales para el mantenimiento, reparación y conservación rutinaria”, informó El Entre Ríos.

 

Más específicamente, alude a “cuatro Kilómetros (4 Km.) de señalización horizontal, sobre la Ruta Nacional N.° A015, entre progresivas: Km 3,000 a Km 4,000 y Km 5,000 a Km 15,000- Provincia de Entre Ríos”.

 

En el artículo segundo dispone aplicar a la exconcesionaria “la sanción de multa consistente en la suma de veinticuatro mil doscientos veintiocho unidades de penalización (24.228 UP) por la tarifa vigente, cuyo monto corresponde a la obligación incumplida, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2 “Incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Acta Acuerdo”.

Temas:

Caminos del Río Uruguay Vialidad Nacional
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