REDACCIÓN ELONCE
La reforma laboral aprobada por el Congreso redefine el régimen de empleo privado en Argentina, con cambios en indemnizaciones, aportes sindicales, período de prueba y cargas sociales. La iniciativa impulsada por el gobierno de Javier Milei fue sancionada por el Senado de la Nación, que convalidó el texto modificado previamente en la Cámara de Diputados, en el cierre de las sesiones extraordinarias.
Durante el tratamiento legislativo, quedó fuera de la reglamentación el artículo 44 del proyecto original, que contemplaba modificaciones en las licencias médicas de los trabajadores. De esta manera, ese punto no formará parte de la nueva normativa.
La reforma laboral apunta a disminuir la presión impositiva sobre las empresas, habilitar nuevos mecanismos de desvinculación y establecer límites renovados a los aportes sindicales y patronales. A continuación, el detalle de los diez aspectos centrales.
Nuevo cálculo de indemnizaciones y actualización por IPC
Uno de los cambios más relevantes es el nuevo esquema para calcular indemnizaciones por despido sin causa. La base se determinará únicamente sobre la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador, excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo o las vacaciones.
La norma establece que la indemnización será la única compensación en caso de despido injustificado. Además, dispone que los créditos laborales se actualizarán según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), más un adicional del 3% anual.
Este punto introduce una modificación sustancial respecto del sistema anterior, al precisar la base de cálculo y el mecanismo de actualización, lo que impactará tanto en empleadores como en trabajadores del sector privado.
Banco de horas, vacaciones y Fondo de Asistencia Laboral
La reforma habilita la creación de un banco de horas mediante acuerdo escrito entre empleador y trabajador. Este mecanismo permitirá compensar horas extras con descansos, siempre respetando los límites legales en materia de jornadas y pausas obligatorias.
En cuanto a las vacaciones, se mantiene el período general entre octubre y abril. Sin embargo, las partes podrán acordar fechas distintas y dividir el descanso anual en tramos de al menos siete días consecutivos.
Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con una contribución mensual de los empleadores. Las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones y las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el 2,5%. El Poder Ejecutivo podrá elevar esos porcentajes hasta 1,5% y 3%, respectivamente, con aval de la Comisión Bicameral.
Fondos de cese laboral y período de prueba extendido
Otro de los ejes de la reforma laboral es la posibilidad de que los convenios colectivos establezcan fondos de cese laboral con capitalización individual. Bajo este esquema, el empleador realizará aportes mensuales y, ante la desvinculación, el trabajador percibirá el monto acumulado.
La implementación de estos fondos deberá pactarse en paritarias y no podrá implicar pérdida de derechos adquiridos. Se trata de una alternativa al sistema tradicional de indemnización.
Por otra parte, el período de prueba se amplía a seis meses para la mayoría de los trabajadores. En empresas de hasta cinco empleados podrá extenderse hasta ocho meses. Durante ese lapso, el vínculo podrá finalizar sin derecho a indemnización, aunque el empleador estará obligado a registrar la relación y efectuar los aportes correspondientes desde el inicio.
Eliminación de multas y reducción de cargas sociales
La nueva normativa elimina las sanciones previstas en la Ley 24.013 para casos de empleo no registrado o registrado de forma incorrecta. En su reemplazo, se establece un sistema de incentivos para la regularización laboral.
Quienes blanqueen trabajadores quedarán exentos de multas, aunque deberán abonar las diferencias salariales y previsionales correspondientes. El objetivo declarado es fomentar la formalización del empleo.
Asimismo, se implementa un Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión, que prevé la reducción de contribuciones patronales: un punto porcentual para grandes empresas y 2,5 puntos para MiPyMEs. El Ejecutivo podrá ampliar la reducción hasta 1,5% y 3%, respectivamente, con aprobación del Congreso.
Pago de sentencias, límites a aportes y registro digital
La reforma laboral también introduce la posibilidad de que las empresas paguen en cuotas las sentencias judiciales laborales. Las grandes compañías podrán hacerlo en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las MiPyMEs o empleadores individuales tendrán un plazo de hasta doce cuotas.
En relación con los aportes sindicales y patronales, se establecen topes. Los aportes patronales a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios a partir de enero de 2028. Para los trabajadores, los aportes no podrán exceder el 2%. Se mantiene el 6% destinado a obras sociales y se elimina la retención automática de cuotas sindicales sin consentimiento.
Por último, el registro laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero será considerado suficiente. Los libros laborales podrán digitalizarse y deberán conservarse durante diez años. El pago de salarios será exclusivamente bancario o a través de entidades oficiales, sin habilitar billeteras virtuales.
Con estos diez puntos, destacados por Infobae, la reforma laboral aprobada por el Congreso introduce modificaciones estructurales en el régimen de empleo privado en Argentina, con impacto en las condiciones de contratación, desvinculación y aportes del sistema laboral vigente.