Indemnización por mala praxis tras una colonoscopía. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón confirmó una condena contra una clínica privada, un médico y sus aseguradoras para que abonaran más de 43 millones de pesos en concepto de indemnización por daños y perjuicios derivados de una intervención médica realizada en 2008.
El caso se originó cuando un paciente se sometió, en junio de ese año, a una videocolonoscopía en un centro de salud local a raíz de síntomas de hemorragia digestiva. Durante el estudio se detectaron dos pólipos colónicos benignos, que fueron extirpados en el mismo procedimiento.
Según constó en la resolución judicial, tras la intervención el paciente presentó un fuerte dolor abdominal. Los profesionales del establecimiento detectaron mediante estudios radiológicos una doble perforación en el colon sigmoide, lo que motivó una primera cirugía de urgencia y la colocación de una colostomía transversa.
Días después, ante la persistencia del dolor y un cuadro febril, el hombre fue sometido a una segunda intervención quirúrgica. En esa oportunidad se le extrajeron 30 centímetros de intestino derecho debido a una peritonitis séptica, lo que agravó su estado general. Permaneció internado 22 días en terapia intensiva y fue dado de alta con una colostomía y una pérdida de peso cercana a los 30 kilos.
En octubre de 2008, el paciente debió ser nuevamente internado para una reconstrucción transitoria del tránsito intestinal. La demanda señaló que esa tercera intervención no fue debidamente registrada en la historia clínica.
El reclamo civil sostuvo que las secuelas físicas y estéticas, sumadas a una incapacidad permanente del 41% determinada por pericia médica, se vincularon con una deficiente actuación profesional tanto en el procedimiento inicial como en los controles posteriores. El actor reclamó daños físicos, estéticos y morales, además de intereses y costas, indica Infobae.
En primera instancia, el juez responsabilizó al médico interviniente y al centro asistencial, y extendió la condena a las aseguradoras. Consideró que, si bien la colonoscopía era una práctica indicada y la perforación colónica era una complicación conocida, la doble perforación y la evolución posterior no fueron adecuadamente controladas.
Las aseguradoras, junto con la clínica y el médico, apelaron la sentencia. Argumentaron que no existió negligencia, que la complicación era posible y que el monto indemnizatorio debía limitarse al tope de cobertura vigente en 2008.
La Cámara rechazó los planteos y ratificó la condena. Sostuvo que la depreciación monetaria y la demora en el pago justificaron fijar la indemnización a valores actuales. También confirmó que la reparación debía contemplar el daño físico, estético y moral, conocido el impacto permanente de las secuelas en la calidad de vida del paciente.
Además, avaló la aplicación de intereses hasta el pago efectivo y dispuso que las costas del proceso de apelación fueran asumidas por los demandados y sus aseguradoras, con regulación de honorarios diferida.