Sociedad En Misiones

Procesaron a un militar que inscribió a su sobrina como hija biológica

Hace 21 años, un militar inscribió a su sobrina como hija biológica y está a punto de ser juzgado. Lo acusan de supresión del estado civil y de la identidad de una menor de diez años, y falsedad ideológica de instrumentos públicos.

9 de Junio de 2026
Juzgado de Familia de Misiones

La Justicia Federal de Misiones confirmó el procesamiento de un militar que hace dos décadas se apropió de una sobrina recién nacida y la inscribió como hija biológica.

 

El caso salió a la luz cuando la joven acudió junto a su madre al Juzgado de Familia de la ciudad de Apóstoles para iniciar un trámite de impugnación de filiación materna y paterna.

 

La acusación recae sobre Hugo Omar De Mattos, de 51 años, quien quedó a un paso de ser juzgado por los delitos de supresión del estado civil y de la identidad de una menor de diez años, y la falsedad ideológica de instrumentos públicos.

 

Cuando el Juzgado de Familia estableció a través de estudios de ADN que De Mattos y su esposa no eran los progenitores de la joven, decidió remitir una copia del expediente al Juzgado Federal de Posadas para que se estableciera si se habían cometido delitos.

 

Tras tomarle declaración indagatoria al militar, su esposa y la hermana de ésta, la jueza federal dispuso únicamente el procesamiento del primero.

 

En la resolución se estableció que las mujeres vivían una situación de vulnerabilidad extrema, violencia verbal, física y económica por parte de De Mattos, y que eso restringía totalmente sus voluntades.

 

De acuerdo a la reconstrucción de los hechos que realizó la Justicia, todo comenzó en 2002. Daniela vivía en Aristóbulo del Valle junto a sus tres hijos cuando quedó embarazada de Nadia.

 

La familia se mantenía con los ingresos que la mujer obtenía por su trabajo de empleada doméstica, en momentos que el país atravesaba una profunda crisis económica.

Enterados de la difícil situación económica, De Mattos y su esposa le ofrecieron mudarse con ellos al barrio Lomas del Mirador de Apóstoles. Daniela aceptó, pero al poco tiempo descubrió que su hermana vivía sometida a todo tipo de violencia.

 

Como único proveedor y sostén familiar, el militar no tardó en aprovecharse también de la vulnerabilidad de su cuñada.

 

El hombre persuadió primero a Daniela para que se hiciera los controles prenatales utilizando el carnet de obra social de su hermana Carolina. El siguiente paso fue convencerla para registrar a la beba con su apellido para así acceder a la ayuda del Ejército.

 

El plan del militar estaba en marcha. El 28 de octubre de 2002, cuando Daniela comenzó con los trabajos de parto, la obligó a internarse utilizando el DNI de Carolina, haciéndose pasar él por el padre biológico. Posteriormente se encargó de inscribirla como su hija ante el Registro de las Personas.

 

Testigos indicaron que, en esa oportunidad, la mamá de Nadia no quiso firmar el certificado de nacido vivo y que fue el militar quien la tomó del brazo y obligó a cumplir con el trámite.

En su indagatoria, el acusado aseguró que su cuñada tenía previsto dar a su hija en adopción, ante la falta de recursos para criarla. Y que, en esas circunstancias, le ofreció inscribirla como hija porque el Ejército le proveía de pañales y leche en forma gratuita por un año.

 

Aseguró que tanto Daniela como su hermana estuvieron de acuerdo, ya que de esa forma no perderían el vínculo con la bebé.

 

Dijo también que, al año, su cuñada consiguió una casa prestada en Apóstoles y se mudó con sus hijos. Y que nunca tuvieron intención de retener a la beba.

 

En su resolución, los camaristas Fabián Cardozo y Mario Boldú sostuvieron que “Hugo Omar De Mattos no solo ideó el plan criminal, sino que lo ejecutó desde una posición de dominación estructural".

 

"Su condición de militar y de único sostén económico de ambas familias le otorgaba un control fáctico sobre la voluntad de Daniela y Carolina, quienes se encontraban en una situación de vulnerabilidad extrema", consignó.

 

Agregaron que "esta autoría por dominación se manifiesta claramente en el relato de las víctimas, quienes describen cómo el imputado utilizaba la música a alto volumen para ocultar los golpes y gritos con los que forzaba el consentimiento de su esposa, y cómo sujetó físicamente a Daniela en el hospital para obligarla a firmar con una identidad falsa”.

En el fallo, avalaron el sobreseimiento de las hermanas por considerar que actuaron bajo un “estado de necesidad exculpante debido a la reducción sustancial de su capacidad de autodeterminación”.

 

Y que la actuación del imputado fue “el ejercicio deliberado de un poder patriarcal que instrumentalizó la desesperación de las mujeres para suprimir la identidad de una menor”.

 

“Se advierte de manera indubitable que De Mattos replicó una matriz de sometimiento en el seno del hogar; valiéndose de su condición de esposo y proveedor para estructurar una asimetría de poder conyugal idénticamente perversa, reduciendo el ámbito de libertad de su esposa mediante maltratos y abusos que se corporizan al amparo de la intimidad familiar, lo que impone el deber de resolver con el máximo rigor convencional para erradicar dicha violencia estructural”, argumentaron en el extenso fallo que dio a conocer Clarín.

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