El fiscal federal Gerardo Pollicita intimó al exjefe de Gabinete Manuel Adorni a justificar su evolución patrimonial en el marco de la causa en la que es investigado por presunto enriquecimiento ilícito. El requerimiento contiene 20 preguntas concretas que deberá responder en un plazo de 15 días, según informó TN.
La medida representó un nuevo avance en la investigación luego de que se incorporara un informe técnico elaborado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAFI), organismo que analizó la evolución patrimonial y financiera de Adorni y de su pareja, Bettina Angeletti.
De acuerdo con el documento judicial, el análisis “conjunto y pormenorizado” de las pruebas, las declaraciones juradas patrimoniales integrales —tanto públicas como reservadas—, sus rectificativas y el estudio técnico de la SIFRAI-DAFI “permitió advertir las inconsistencias que sustentan el requerimiento de justificación patrimonial”.
Adorni tendrá 15 días para dar explicaciones
La Fiscalía requirió explicaciones sobre incrementos patrimoniales, compras y desembolsos reconstruidos durante la investigación. Según consta en el expediente, esas operaciones, “confrontados con los ingresos lícitos comprobados del grupo familiar, no encuentran hasta el momento explicación suficiente”.
El informe de la DAFI había detectado “inconsistencias” en la evolución patrimonial de Adorni y Angeletti, aunque no determinó una cifra específica correspondiente a un eventual desbalance.
Pollicita había solicitado el estudio con el objetivo de reconstruir integralmente la evolución del patrimonio del exfuncionario y su pareja desde el 14 de diciembre de 2023 hasta la actualidad.
Con el informe técnico incorporado al expediente, la Fiscalía confeccionó un requerimiento compuesto por 20 preguntas específicas destinadas a esclarecer distintos movimientos patrimoniales.
Los interrogantes comprenden desde las rectificaciones realizadas sobre declaraciones juradas hasta gastos en efectivo efectuados en el exterior y arreglos realizados en una propiedad de Indio Cua.
La DAFI realizó un análisis individual sobre Adorni y Angeletti y otro consolidado sobre el grupo familiar. Entre los aspectos examinados estuvieron la composición y evolución de los bienes, las disponibilidades de dinero, inversiones, créditos y deudas existentes durante los períodos investigados.
Ingresos, gastos y movimientos financieros
Otro de los objetivos fue identificar los ingresos y las fuentes de fondos que tuvieran respaldo documental y diferenciarlos de operaciones que no implicaran la incorporación de nuevo dinero.
En ese apartado se incluyeron transferencias entre cuentas propias o del grupo familiar, movimientos internos, rescates de inversiones, devoluciones, reintegros, préstamos, ventas de activos, conversiones de moneda y acreditaciones provenientes de terceros.
Los investigadores también reconstruyeron las entradas y salidas de fondos para compararlas con adquisiciones de bienes, gastos corrientes y extraordinarios, consumos, pagos en efectivo o moneda extranjera y cancelaciones de pasivos.
El análisis sobre las criptomonedas
La investigación también puso el foco sobre los criptoactivos. El informe debía integrar los datos provenientes de plataformas, cuentas y billeteras vinculadas con activos virtuales e identificar depósitos, retiros, compras, ventas, permutas y transferencias.
Posteriormente, esa información debía ser contrastada con las declaraciones juradas y los antecedentes bancarios, fiscales y patrimoniales incorporados al expediente.
Uno de los puntos bajo análisis son los supuestos US$200.000 que Adorni afirmó haber invertido en Bitcoin. La incorporación de nuevos estudios relacionados con las criptomonedas habría provocado demoras en la elaboración del informe técnico.
Bienes, préstamos y fuentes de financiamiento
Los investigadores revisaron además el costo, la fecha de adquisición, la modalidad de pago y las fuentes de financiamiento correspondientes a los bienes incorporados al patrimonio.
En los casos de préstamos, mutuos y otras formas de financiamiento, Pollicita había solicitado analizar la capacidad económica de las partes involucradas y detectar eventuales diferencias entre los instrumentos utilizados, declaraciones juradas, escrituras, registros y documentación respaldatoria.
La DAFI también debía confeccionar una ecuación patrimonial anual y acumulada, tanto individual como del grupo familiar, para confrontar los ingresos lícitos y las disponibilidades iniciales acreditadas con la incorporación de bienes, gastos, consumos y cancelación de pasivos.
La causa continúa en etapa de instrucción
A partir de ese análisis, los investigadores buscaron identificar operaciones que no tuvieran correspondencia con los ingresos acreditados, contaran con “respaldo incompleto”, hubieran recibido explicaciones diferentes entre distintas declaraciones o no pudieran ser conciliadas.
La causa por presunto enriquecimiento ilícito contra Adorni continuaba en etapa de instrucción, por lo que el requerimiento patrimonial constituye una instancia dentro de la investigación y no implica una determinación sobre la existencia del delito.
En paralelo, tramita otro expediente relacionado con un viaje que Adorni realizó junto con su familia y el periodista Marcelo Grandio a Punta del Este durante el feriado de Carnaval, a bordo de un vuelo privado.
En ese expediente se investiga quién afrontó los costos del traslado y el vínculo entre Adorni y Grandio, además de contratos que este último habría mantenido con la TV Pública y otros organismos estatales.
Las 20 preguntas que tiene que responder Adorni sobre su patrimonio
- El origen de los dólares estadounidenses en efectivo en el país declarados en las Declaraciones Juradas de los ejercicios investigados.
- Respecto de los mutuos invocados con dos familiares, Silvia Pais y Norma Zuccolo, deberá acreditar su existencia y fecha cierta, la efectiva entrega de los fondos, su aplicación y la evolución de las obligaciones.
- La fuente de los fondos empleados para la adquisición de un automotor marca Jeep.
- El origen de los fondos destinados a la compra del lote 380 del Country Indio Cua y a la tasa de ingreso al emprendimiento, entre otros requerimientos.
- La procedencia de los fondos destinados a la remodelación integral de la vivienda del lote 380 del Country Indio Cua, puntualmente, los US$245.000 que se pagaron a Matías Tabar por tales trabajos, debiendo individualizar el origen de cada suma y acompañar los recibos y demás constancias de respaldo.
- La fuente de los fondos abonados a Tabar por los muebles del inmueble de Miró 550, cuyo precio fue pagado en dólares y en efectivo.
- El origen de los fondos empleados para la compra del inmueble de Miró 550, así como la naturaleza y los términos de dicha operación.
- El origen, la naturaleza y el respaldo de los ingresos no alcanzados por el impuesto a las ganancias o exentos que el ex funcionario invocó en sus Declaraciones Juradas, entre otros.
- La fuente del dinero en efectivo —en pesos y en moneda extranjera— empleado para afrontar viajes al exterior, alquileres temporarios, expensas, cuotas y matrículas escolares.
- La razón y las condiciones de la reiterada utilización de terceros para adquirir los bienes y afrontar pagos por cuenta suya y de su grupo familiar, así como la procedencia del dinero en efectivo con que reintegraba esas operaciones, precisando en cada caso los bienes o servicios de que se trató, los importes y las fechas.
- El detalle de su operatoria con criptoactivos y, en particular, el origen del capital con el que afirma haberla iniciado.
- La forma en que concilia el nivel de gastos y movimientos financieros acreditado en sus cuentas, en particular, la cuenta sueldo del Banco de la Nación Argentina y las cuentas de su cónyuge, sus tarjetas de crédito y sus billeteras virtuales, con los ingresos lícitos acreditados del grupo familiar.
- Respecto de los veinte comprobantes informados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero en los años 2024 y 2025, por un monto mayor a seis millones de pesos, cuyo pago no pudo conciliarse con las tarjetas de crédito, con las cuentas bancarias ni con los pagos canalizados por plataformas, y de las dieciséis facturas de una empresa por más de 2 millones de pesos, con relación a las cuales se registran pagos que no coinciden con el importe de cada comprobante, tendrá que explicar si las operaciones que documentan se concretaron efectivamente, su estado de cancelación y, en su caso, la fecha, el medio de pago empleado y el origen de los fondos con que fueron afrontadas, así como el nivel de adquisiciones registrado bajo su CUIT durante ese período en ausencia de toda actividad comercial que lo respalde.
- En caso de haberse cancelado las deudas con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. declaradas con la misma entidad, la fecha, el pagador, el medio de pago y el origen de los fondos con que se afrontó esa cancelación.
- La causa y el medio de pago de los honorarios notariales facturados por la escribana Adriana Mónica Nechevenko, a Bettina Julieta Angeletti correspondientes a las tres operaciones inmobiliarias del matrimonio, y la razón por la cual fueron facturados íntegramente a la nombrada.
- La razón por la cual personas de su entorno registran consumos como usuarios adicionales de dos tarjetas vinculadas a Adorni, quién canceló cada liquidación y si mediaron reintegros, con indicación de fecha, importe y medio.
- Si la facturación emitida por una concesionaria automotor a Angeletti por más de cuatro millones de esos en el año 2026 corresponde a la adquisición de un rodado no declarado, a una operación accesoria de la ya tenida en cuenta para el cálculo o a otro concepto, con individualización del bien, el precio, la forma de pago y el origen de los fondos.
- El concepto y el origen de las acreditaciones de carácter no salarial recibidas en su cuenta sueldo del Banco de la Nación Argentina que no provienen de organismos del Estado ni de movimientos entre sus propias cuentas, precisando su causa.
- El criterio con que determinó el valor de las mejoras incorporadas al inmueble de Miró 550. Deberá precisar a qué desembolsos concretos respondieron esas mejoras, con qué fondos se afrontaron y en qué proporción se las atribuyó cada cónyuge.
- La forma de valuación y el origen de los fondos aplicados a las mejoras declaradas sobre el lote 380 del Country Indio Cua.