Choque fatal en Oro Verde. La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por los fiscales Juan Manuel Pereyra y Conrado Castagno Gini, junto con la defensa técnica de Maximiliano Marcelo Medina, imputado por los delitos de homicidio culposo agravado y lesiones imprudentes calificadas.
La sentencia declaró a Medina, de 38 años, funcionario de la Prefectura Naval Argentina con el grado de ayudante de tercera, autor material y responsable de homicidio imprudente calificado por la conducción de un vehículo automotor con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y por violación de las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular, además de lesiones imprudentes calificadas, en concurso ideal.
En el marco del acuerdo abreviado, Medina reconoció que el 22 de diciembre de 2025, alrededor de las 0.50, conducía un Volkswagen Gol por la Ruta Provincial Nº 11, a la altura del kilómetro 8, en jurisdicción de Oro Verde, en contramano, bajo los efectos del alcohol y en violación al sentido de circulación.
En esas circunstancias colisionó de frente contra un Volkswagen Senda conducido por Luis Carlos Ruhl, de 67 años, quien viajaba acompañado por Ana Margarita Lell.
Como consecuencia del impacto, Ruhl falleció en el lugar, mientras que Lell sufrió politraumatismos de gravedad y fue trasladada al Hospital San Martín, donde permaneció internada.
Los fundamentos de la sentencia
En la resolución, conocida este jueves, la magistrada sostuvo que la prueba reunida fue suficiente para acreditar tanto la materialidad del hecho como la responsabilidad penal del imputado.
La jueza señaló que “a partir del examen de los elementos señalados precedentemente (...) la evidencia cargosa colectada en el legajo (...) tiene la suficiente contundencia para determinar con certeza la existencia material de los hechos imputados, como así también la vinculación subjetiva del encartado Medina en los mismos”.
Además, destacó que “el encartado en este caso ha reconocido expresamente su responsabilidad penal”, lo que permitió dictar una sentencia condenatoria.
La autopsia y las pericias
Castagno también valoró las pruebas médicas incorporadas a la causa. En ese sentido, indicó que quedó acreditado que Luis Carlos Ruhl murió como consecuencia de un “traumatismo cerrado de tórax y craneoencefálico graves por siniestro vial”, según el informe de la médica forense Lilian Inés Pereyra.
Respecto de Ana Margarita Lell, la sentencia consignó que sufrió una “fractura de acetábulo femoral izquierdo (...) producida por choque contra cuerpo duro en movimiento”, conforme al informe elaborado por el médico forense Maximiliano Siromski, sobre la base de la historia clínica remitida por el Hospital San Martín. (APF)