La caza comercial de nutrias en Entre Ríos quedó oficialmente habilitada para la temporada 2026, luego de que el Gobierno provincial autorizara la captura de hasta 100.000 ejemplares en todo el territorio entrerriano, con excepción de las áreas naturales protegidas.
La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial mediante una resolución de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización. Según se estableció, la actividad podrá desarrollarse entre el 15 de mayo y el 30 de septiembre.
Desde el organismo provincial señalaron que la decisión se sustentó en informes técnicos y monitoreos poblacionales realizados en el marco del Programa Nacional Nutria, los cuales determinaron que la especie mantiene niveles compatibles con un “aprovechamiento sustentable”.
Requisitos y controles para la actividad
La normativa precisó que solo podrán participar de la actividad quienes se encuentren debidamente inscriptos ante la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización, tanto para la caza como para la comercialización de los animales.
Asimismo, se fijaron condiciones específicas para la extracción y circulación de los productos derivados de la especie. En ese sentido, únicamente podrán cazarse, transportarse, comercializarse e industrializarse pieles de nutria que posean un largo mínimo de 70 centímetros, medidos desde el entrecejo hasta la base de la cola.
De acuerdo con lo informado oficialmente, esta exigencia busca evitar la captura de ejemplares jóvenes y garantizar criterios de sostenibilidad en el manejo de la fauna silvestre provincial.
Métodos autorizados y legalización de pieles
Entre las modificaciones incluidas para esta temporada, el Gobierno provincial incorporó métodos de captura considerados más compatibles con criterios ecológicos actuales. Entre ellos, se habilitó el uso de rifles de aire comprimido y trampas con protección de silicona o caucho.
La resolución también estableció que todas las pieles obtenidas deberán circular acompañadas por la correspondiente guía oficial de origen, documento obligatorio para acreditar la legalidad de la actividad.
Por otra parte, se indicó que los acopiadores tendrán un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores al cierre de la temporada para legalizar los cueros obtenidos durante el período habilitado.