La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la venta y la distribución en todo el país de espirales y tabletas para mosquitos que se vendían sin autorización sanitaria, junto a otros productos que no contaban con registro.
Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial luego de detectar que estos productos se comercializaban por internet y en distintos canales sin cumplir con los requisitos exigidos.
El organismo de control estableció prohibir “la elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica” de los productos involucrados.
Por caso, entre los artículos alcanzados por la Disposición 2864/2026 se encuentran espirales contra mosquitos, tabletas termoevaporables y otros insecticidas de la marca “Gorrión”, que se ofrecían en páginas web y sitios de venta digital.
Estos productos no estaban registrados o se comercializaban sin habilitación vigente, lo que impide garantizar sus condiciones de seguridad.
Además, se dispuso que algunos productos con registro sólo podrán comercializarse en la provincia de Buenos Aires, mientras que en el resto del país queda prohibida su distribución hasta tanto regularicen su situación.
Productos para el cabello
Las Disposiciones 2780/2026 y 2865/2026 también incluyeron, respectivamente, la prohibición de productos para el cabello de las marcas “Taurina” y “Lacios perfectos”, entre los cuales pueden contarse alisados, tratamientos capilares, shampoos y acondicionadores que se vendían sin inscripción sanitaria.
Según se indica en las disposiciones, tras consultar las bases oficiales, “no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan”, lo que implica que no estaban autorizados por el organismo.
La ANMAT advirtió, ante ese escenario, que algunos de estos productos podrían contener formol utilizado como agente alisante, y que su uso “no se encuentra autorizado”. Además, destacó que puede provocar efectos adversos como irritaciones, problemas respiratorios y otros daños a la salud.
También se detalló que la exposición prolongada a este tipo de sustancias podría derivar en afecciones más graves, incluyendo reacciones alérgicas y enfermedades respiratorias.
Prohibición de productos de limpieza
El organismo prohibió, en paralelo, distintos productos de limpieza de uso doméstico que se comercializaban sin registro, como detergentes, limpiadores multiuso, jabones líquidos para la ropa y aromatizantes.
Entre ellos, figuran artículos de la marca “Re! Refillería Botánica”, que se ofrecían en sitios web y redes sociales. Según la Disposición 2863/2026 de ANMAT, estos productos “no se encuentran inscriptos” y se promocionaban con envíos a todo el país, a pesar de no contar con autorización.
Asimismo, la Disposición 2794/2026 dispuso la prohibición de productos para la limpieza y el mantenimiento de automóviles, como ceras, abrillantadores y detergentes de distintas marcas, entre ellas Rino Car Products, AMSPRO, Cars Willis y otras.
En este caso, el organismo indicó que se trataba de artículos de “dudosa legitimidad” o sin registro válido, lo que impide conocer sus condiciones de fabricación y seguridad.
Las disposiciones también alcanzan a la publicidad y venta online de todos estos productos, y forman parte de las acciones de fiscalización del organismo para evitar la circulación de artículos considerados ilegítimos según la normativa vigente.