El Concejo Deliberante de Colón aprobó este jueves la Ordenanza Nº 26/2026, que establece la prohibición del uso de broza como capa de terminación, finalización o rodamiento definitivo en las obras de mejorado o afirmado de base de suelo en las arterias comprendidas dentro del radio urbano y zonas consolidadas del ejido.
La iniciativa pertenece a la concejal radical Andrea Becerra, quien en octubre de 2025 (cuando todavía era parte del bloque oficialista) había presentado un proyecto en el mismo sentido, el cual -luego de unas modificaciones realizadas por el asesor legal- había vuelto a la Comisión de Sanidad, Obras y Servicios Públicos.
Con algunas modificaciones, y esta vez desde el bloque de la UCR que comparte con Edgardo Luciani, la suerte fue diferente, publicó El Entre Ríos.
La oposición alzó la mano para que se constituya en comisión todo el concejo. Un dictamen por mayoría sugirió su aprobación; en tanto otro por minoría, elaborado por el bloque oficialista (Juntos por Colón), pedía que se remita a la misma comisión que el proyecto anterior, además de argumentar que “se encontraba redactado en forma confusa y con una inadecuada técnica legislativa. Falta análisis y opinión técnica”.
Finalmente, la oposición (PJ, LLA y UCR) se impuso en la votación por 7-4 y el proyecto se convirtió en ordenanza.
La iniciativa se fundamenta en cuestiones ambientales, sanitarias y de preservación de la biodiversidad. Según el texto presentado, la utilización de este material genera contaminación debido a la gran cantidad de polvo en suspensión que produce, especialmente durante períodos de sequía y altas temperaturas.
Los fundamentos de la ordenanza
Los ediles radicales señalaron que la broza provoca efectos negativos tanto en la salud humana como en el ambiente. Entre las consecuencias mencionadas figuran alergias, crisis asmáticas, obstrucciones bronquiales, problemas en la piel y afecciones visuales. Además, remarcaron que el polvo afecta a la vegetación urbana, ya que se deposita sobre las hojas de los árboles e impide el normal proceso de oxigenación.
El proyecto recuerda además que el artículo 41 de la Constitución Nacional garantiza el derecho a un ambiente sano y establece la obligación del Estado de proteger los recursos naturales y promover su uso racional.
En la iniciativa también se menciona que otros municipios entrerrianos ya avanzaron con normativas similares, como Nogoyá y Villa Urquiza, donde se limitaron o regularon los usos de la broza en obras viales.
La propuesta establece en su artículo primero la prohibición del uso de broza como capa final o superficie definitiva de circulación vehicular. No obstante, habilita su utilización únicamente como base de suelo dentro de procesos de consolidación vial, siempre que posteriormente sea recubierta con materiales autorizados.
Entre las alternativas previstas para el mejorado de calles figuran el ripio calcáreo, pedregullo, sobrantes asfálticos y otros materiales que reduzcan la emisión de polvo y mejoren la durabilidad de las calzadas.
Asimismo, el proyecto faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar los recursos técnicos y financieros necesarios para implementar estas alternativas y avanzar en soluciones que minimicen el impacto ambiental y sanitario en las zonas urbanas de la ciudad.