Sociedad Fallo judicial

Le vaciaron la cuenta con una estafa: la Justicia condenó al banco y a la empresa de telefonía

Una mujer fue víctima de una maniobra de “SIM Swapping” que permitió tomar el control de su línea y acceder a sus servicios financieros. La Cámara de Apelación de Junín confirmó que ambas empresas deberán indemnizarla por fallas en sus sistemas de seguridad.

31 de Agosto de 2026
Imagen ilustrativa.

Una mujer de 49 años sufrió una estafa mediante la modalidad conocida como “SIM Swapping” y perdió $19.200.000 de una cuenta bancaria. Ahora, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín confirmó la condena contra la empresa de telefonía y la entidad financiera involucradas por incumplimientos en sus mecanismos de seguridad.

 

El episodio ocurrió el 26 de septiembre de 2024, cuando una tercera persona consiguió que la compañía telefónica transfiriera el número de la víctima a una nueva tarjeta SIM. De esa manera logró interceptar mensajes y llamadas y posteriormente acceder a servicios bancarios asociados con esa línea.

 

 

Según informó Infobae a partir del expediente judicial, desde la cuenta se concretaron siete operaciones consecutivas por importantes montos y en un período reducido. El fallo consideró que ninguna de las dos compañías implementó controles suficientes para impedir la maniobra.

 

Cuánto deberán pagarle a la víctima

 

La sentencia de primera instancia había establecido una indemnización de $19.200.000 por daño emergente y otros $5.760.000 por daño moral. A ello se suma una multa equivalente al valor de cuatro canastas básicas publicadas por el INDEC en concepto de daño punitivo.

 

Las sumas deberán abonarse con los correspondientes intereses hasta su pago efectivo. Además, las costas judiciales quedaron a cargo de las empresas condenadas.

 

 

El banco había señalado durante la apelación que ya había entregado $9.600.000 a la mujer en sede administrativa y reclamó que ese monto fuera descontado. Sin embargo, la Cámara rechazó el planteo porque no había sido introducido oportunamente en la contestación de la demanda.

 

Las fallas que permitieron la estafa

 

Sobre la compañía telefónica, los jueces consideraron que incumplió con su deber de seguridad al no verificar de manera eficaz la identidad de quien solicitó el duplicado de la tarjeta SIM. El sistema de preguntas personales utilizado durante el procedimiento fue considerado insuficiente para impedir la estafa.

 

 

La empresa había sostenido que contaba con mecanismos de validación y atribuyó responsabilidad a la entidad financiera. Sin embargo, la Cámara ratificó que la maniobra comenzó a partir de una falla durante el cambio de SIM que permitió a un tercero apropiarse del número telefónico de la clienta.

 

También se responsabilizó al banco porque los sistemas disponibles no detectaron la irregularidad de las siete operaciones realizadas consecutivamente. El tribunal

remarcó que las entidades financieras deben implementar herramientas que permitan advertir movimientos que se aparten del comportamiento habitual de cada usuario.

 

La Cámara confirmó toda la condena

 

La entidad bancaria también cuestionó que pudiera ser condenada debido a que había intervenido como tercera citada y no como demandada original. Los magistrados descartaron ese argumento y determinaron que los efectos de la sentencia podían extenderse al banco.

 

 

Los jueces ratificaron además la reparación por daño moral debido al recorrido administrativo y judicial que tuvo que afrontar la víctima para obtener una respuesta. También dejaron firme el daño punitivo aplicado a las compañías por el incumplimiento de sus obligaciones.

 

Finalmente, la Cámara desestimó los recursos presentados por ambas empresas y confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia. De esta manera, la víctima de la estafa deberá recibir los montos fijados por daño emergente y moral, la sanción adicional y los intereses correspondientes.

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