Sociedad

Inédito: condenaron a 20 años a un preso por abuso sexual sin contacto físico a una nena de 12 años

Un fallo inédito sobre violencia digital en la provincia de Buenos Aires marca un precedente al considerar abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico.

27 de Abril de 2026
El condenado operaba desde la cárcel.

REDACCIÓN ELONCE

Abuso sexual sin contacto físico. Un fallo de alto impacto jurídico en la provincia de Buenos Aires estableció un precedente clave en materia de violencia digital, al condenar a 20 años de prisión a un hombre por delitos sexuales cometidos sin contacto físico directo. La sentencia fue dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 4 de Morón, que consideró que el sometimiento psicológico ejercido mediante medios digitales puede configurar abuso sexual con acceso carnal.

 

Los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez encontraron responsable a Orlando Tristán Novillo por hechos ocurridos entre enero de 2020 y febrero de 2023. La víctima tenía 12 años cuando comenzó el vínculo, que se desarrolló a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería.

Según se acreditó en el juicio, el acusado operaba desde un penal bonaerense, donde ya cumplía condenas previas por hechos similares. Mediante identidades falsas, se hacía pasar por un adolescente para establecer contacto y luego desplegar un esquema de manipulación y amenazas.

 

Un caso de sometimiento prolongado y coerción digital

El tribunal dio por probado que la víctima fue obligada a generar y enviar contenido íntimo bajo coacción, en un contexto de control constante. “Durante ese período, la víctima permaneció sometida a una situación de control y coacción permanente durante más de tres años, lo que configuró un verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital”, señalaron fuentes del caso.

 

La situación salió a la luz cuando la adolescente logró contar lo que vivía a una docente, lo que permitió activar la intervención judicial. A partir de allí, la investigación reunió pruebas informáticas, registros de actividad digital y datos aportados por plataformas.

 

Además, se comprobó que el imputado utilizó el sometimiento para obtener datos de tarjetas de crédito y débito del entorno familiar de la víctima, realizando operaciones fraudulentas por un monto cercano a 350.000 pesos.

 

Un precedente clave en la interpretación del delito

El testimonio de la víctima en Cámara Gesell fue considerado coherente y respaldado por evidencia objetiva. Informes psicológicos incorporados al juicio describieron un cuadro de trauma severo, con ansiedad, alteraciones del sueño y conductas autodestructivas.

En su fundamentación, el tribunal sostuvo que la violencia digital puede constituir abuso sexual incluso sin contacto físico, siempre que exista una dominación psicológica suficiente para anular la voluntad de la víctima. Bajo este criterio, consideraron que el acceso carnal puede configurarse mediante medios digitales en contextos de coacción.

Desde la fiscalía destacaron el alcance del fallo: “La sentencia reconoce que este tipo de violencia digital puede generar un sometimiento real y profundo de la voluntad”, subrayando el valor del precedente para futuros casos.

 

El testimonio en Cámara Gesell

“El acusado comenzó el requerimiento de imágenes del cuerpo de la niña como a la madrugada del 13 de enero de 2020, a las 5:13, le solicitó fotografías en ropa interior para lo que le dijo era una campaña de modelaje, accediendo la niña,” detalla la resolución a la que tuvo acceso este medio.

Luego, la violencia digital escaló: el imputado exigía imágenes y videos desnudos y la sometía a videollamadas en las que la obligaba, mediante amenazas, a exhibirse y realizar actos sexuales sobre sí misma. Las intimidaciones incluían la divulgación de material íntimo y la exposición ante familiares y amigos si la víctima no cumplía. “Mucho tiempo fue esto de fotos y videos, después fueron más videollamadas, que él me pedía... todo en contra de mi voluntad. Yo no quería”, sostuvo la menor en Cámara Gesell.

Incluso después de obtener imágenes, Novillo amenazó con publicarlas y a partir de allí comenzó a extorsionarla económicamente. Novillo, valiéndose del estado de sometimiento psíquico, obligó a la víctima a enviar imágenes de las tarjetas de crédito y débito de sus padres.

 

Impacto judicial y medidas complementarias

La sentencia también dispuso el decomiso de los dispositivos utilizados por el acusado y la apertura de un incidente para unificar la pena con condenas anteriores.

Este fallo marca un punto de inflexión en la forma en que la Justicia aborda los delitos en entornos digitales, ampliando la interpretación legal frente a nuevas modalidades de abuso y reafirmando la necesidad de proteger a las víctimas en contextos virtuales.

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