Sociedad Reforma laboral

El Gobierno terminó de reglamentar los Fondos de Asistencia Laboral: cómo funcionarán

Se definió cómo se administrarán e invertirán los recursos que las empresas deberán destinar al nuevo sistema. Los fondos podrán estructurarse mediante fondos comunes o fideicomisos financieros y el régimen comenzará a funcionar el 1° de noviembre.

17 de Septiembre de 2026
Imagen ilustrativa.

El Gobierno completó la reglamentación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado por la reforma laboral para ayudar a las empresas privadas a afrontar indemnizaciones y otros pagos derivados de la finalización de relaciones laborales. La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció este jueves las reglas para administrar esos recursos a través del mercado de capitales.

 

La Resolución General 1167/2026 definió que el dinero podrá canalizarse mediante Fondos Comunes de Inversión de Asistencia Laboral o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral. Los vehículos podrán corresponder a un único empleador o reunir recursos provenientes de distintas compañías.

 

 

La nueva regulación completa el esquema necesario antes de la puesta en marcha de los FAL, prevista para el próximo 1° de noviembre. Esa fecha había sido establecida por el Decreto 408/2026, que prorrogó hasta entonces la entrada en vigencia del régimen creado por la Ley de Modernización Laboral.

 

Cómo funcionarán los fondos para las indemnizaciones

 

Los Fondos de Asistencia Laboral se integrarán mediante una contribución mensual obligatoria equivalente al 1% de las remuneraciones computables en el caso de las grandes empresas y al 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas. La ley prevé que esos recursos conformen cuentas destinadas específicamente a cubrir obligaciones laborales.

 

La reglamentación establece que el aporte al FAL se compensará mediante una reducción equivalente de determinadas contribuciones patronales a la seguridad social. De esta manera, el nuevo mecanismo modifica el destino de una parte de esos recursos y no supone, bajo el esquema establecido, sumar esa alícuota por encima de las contribuciones alcanzadas por la reducción.

 

 

Para los trabajadores no se establece un aporte adicional ni un trámite que deban realizar para ingresar al sistema. El decreto reglamentario también aclara que los fondos no modifican el régimen indemnizatorio vigente, sino que funcionan como una herramienta para que el empleador cuente con recursos destinados a cumplir esas obligaciones.

 

Bancos y agentes podrán administrar los recursos

 

La CNV estableció las condiciones para que entidades habilitadas administren los Fondos de Asistencia Laboral. La normativa crea además un ID FAL que permitirá identificar la relación entre cada empleador y el instrumento seleccionado para canalizar los recursos.

 

Las empresas podrán trasladarse entre vehículos y administradores habilitados bajo las condiciones previstas por la normativa. A su vez, los instrumentos deberán informar periódicamente su composición, evolución y valuación para permitir el seguimiento de los recursos acumulados.

 

 

Los honorarios, comisiones y gastos ordinarios tendrán un límite global del 1% anual sobre los activos administrados. Los recursos deberán permanecer afectados al objetivo previsto por la ley y, salvo las excepciones expresamente contempladas, no podrán ser retirados libremente por las empresas.

 

El dinero tendrá un destino específico

 

Los recursos acumulados estarán destinados al pago total o parcial de obligaciones derivadas de la extinción de relaciones laborales, entre ellas indemnizaciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo y otros regímenes comprendidos. La CNV dispuso que las entidades administradoras puedan realizar directamente el pago al trabajador que indique el empleador en los supuestos previstos por la normativa.

 

La resolución también determina en qué marco deberán funcionar los fondos comunes y los fideicomisos, con reglas de inversión, separación patrimonial y controles sobre las operaciones. La CNV sostuvo oficialmente que el esquema busca aportar administración profesional, transparencia, diversificación y supervisión al sistema.

Con la publicación de la Resolución General 1167/2026, queda definido uno de los últimos componentes regulatorios necesarios para la implementación de los Fondos de Asistencia Laboral. El régimen comenzará a regir desde noviembre y abrirá una nueva etapa en la que bancos y otros administradores habilitados competirán por gestionar los recursos destinados a afrontar obligaciones por desvinculaciones laborales.

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