Los empleados de comercio tendrán su jornada de descanso el lunes 28 de septiembre, por lo que supermercados, centros comerciales y distintos negocios permanecerán sin atención habitual al público. La medida fue confirmada a Elonce por Daniel Ruberto, titular del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná.
La celebración está establecida originalmente para el 26 de septiembre, pero este año será trasladada al lunes 28 debido a que la fecha cae sábado.
De esta manera, los trabajadores mercantiles alcanzados por la jornada tendrán su descanso el lunes, mientras que la actividad comercial se verá afectada por el cierre de los establecimientos comprendidos.
¿Por qué se celebra el Día del Empleado de Comercio cada 26 de septiembre?
El origen de esta celebración data del 26 de septiembre de 1934 cuando se promulgó la Ley N° 11.729, una reforma del Código de Comercio que incorporó derechos laborales para los trabajadores mercantiles. Esta legislación fue fruto del trabajo conjunto de la Federación Argentina de Empleados de Comercio durante la presidencia de Agustín Pedro Justo, y permitió obtener derechos fundamentales como licencia por enfermedades y accidentes, indemnizaciones por despido y otros beneficios.
Una décadas después, el Congreso estableció de manera formal la jornada de descanso para los titulares del sector mediante la Ley 26.541, sancionada en noviembre de 2009. En el artículo 2 se estableció que "los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales". La normativa también establece que si un empleador requiere que sus trabajadores se presenten a trabajar ese día, se les deberá pagar el doble conforme a la Ley de Contrato de Trabajo.
Último aumento para los empleados de comercio
Por otro lado, en septiembre habrá un nuevo aumento salarial para los empleados de comercio, correspondiente al último tramo de la paritaria acordada por la FAECYS y las cámaras empresarias del sector. La actualización será del 1,9% y completará el esquema de incrementos previsto para el trimestre julio-septiembre, que contempló tres subas de 1,9% y una recomposición total del 5,7%.
Con los nuevos valores, los salarios convencionales partirán desde aproximadamente $1.303.900, aunque el monto final que recibirá cada trabajador dependerá de su categoría, antigüedad, presentismo y otros adicionales contemplados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Septiembre tendrá, además, una particularidad: dejará de pagarse la suma extraordinaria de $25.000 que los trabajadores recibieron en agosto, correspondiente a la segunda y última cuota del bono de $50.000 acordado anteriormente. En cambio, seguirá vigente la suma no remunerativa de $120.000, incluida en los valores salariales de referencia para el noveno mes del año.