La Bolsa de Cereales de Entre Ríos se presentó ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) como amicus curiae en los amparos que cuestionan la constitucionalidad de artículos de la ley que fija distancias de exclusión para la aplicación de productos fitosanitarios. La entidad buscó aportar su posición institucional y un análisis técnico sobre las posibles consecuencias productivas de eventuales cambios en la normativa.
En ese marco, el presidente de la institución, Héctor Bolzán, encabezó un encuentro con el ministro de Desarrollo Económico de la provincia, Guillermo Bernaudo, durante el cual se presentó el reporte técnico elaborado por la entidad.
De la reunión también participaron el secretario de Agricultura y Ganadería, Raúl Boc Ho; la directora de Agricultura, Carina Gallegos; integrantes de la Bolsa de Cereales de Entre Ríos; representantes de la Mesa de Buenas Prácticas Agropecuarias de Entre Ríos; y miembros de la Cooperativa La Ganadera de General Ramírez, entidad socia de la BolsaCER y tercer interesado en la causa judicial.
El origen del debate judicial
Durante el encuentro se recordó que en 2019 el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ordenó al Poder Ejecutivo provincial y a la Legislatura avanzar en la sanción de una ley que regule las distancias de exclusión para la aplicación de fitosanitarios, junto con otras determinaciones vinculadas a la actividad.
A partir de ese fallo, se inició un proceso de trabajo técnico e institucional que atravesó las gestiones provinciales de Gustavo Bordet y posteriormente de Rogelio Frigerio. Ese proceso culminó con la presentación de un proyecto de ley que fue debatido durante casi un año en la Legislatura provincial, especialmente en la Comisión de Ambiente de la Cámara de Diputados.
Según se explicó, durante ese período se incorporaron aportes de diversos sectores vinculados al tema, entre ellos representantes del sector productivo, especialistas técnicos, organizaciones sociales y autoridades públicas.
Como resultado de ese proceso —que desde la entidad calificaron como amplio, plural y sustentado en evidencia científica— la ley fue finalmente sancionada con un amplio consenso legislativo. Sin embargo, un año después de su aprobación se promovieron acciones de amparo que cuestionan la constitucionalidad de dos artículos vinculados a las distancias de exclusión para la aplicación de fitosanitarios.
Distancias de aplicación y posibles efectos
Más allá de la discusión puntual sobre esos artículos, también se encuentra en debate el alcance de los riesgos y las consecuencias que implicaría adoptar criterios similares a los fijados en antecedentes judiciales previos.
Esos antecedentes establecen distancias de exclusión de 1.095 metros para aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para aplicaciones aéreas cerca de áreas pobladas o sensibles.
Desde la Bolsa de Cereales señalaron que la eventual aplicación generalizada de esos parámetros en todo el territorio provincial podría generar consecuencias significativas sobre la producción agropecuaria, el uso del suelo y la sostenibilidad económica de numerosas zonas rurales.
En ese contexto, la entidad decidió presentarse ante el STJ en carácter de amicus curiae, con el objetivo de aportar información técnica que contribuya al análisis judicial sobre los posibles impactos productivos de una eventual declaración de inconstitucionalidad de los artículos cuestionados.
El informe técnico presentado
Como parte de esa presentación, la BolsaCER elaboró un informe técnico que incluye un análisis espacial sobre la afectación de superficie agrícola ante restricciones de 1.095 metros para aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para aplicaciones aéreas.
El estudio tomó como referencia sectores como Loteo Tierra Alta y Aldea Salto, y evaluó el impacto territorial que podrían generar esas restricciones, así como sus efectos sobre la producción alimentaria.
Según los resultados del análisis, la imposibilidad de producir en determinadas áreas podría generar una reducción significativa en los volúmenes de granos obtenidos. “La imposibilidad de producir 33.700 toneladas de trigo y maíz debido a las restricciones de los amparos judiciales no es solo un problema de cifras agrícolas; es un problema de seguridad alimentaria”, señala el informe técnico elaborado por la entidad.
El documento agrega que ese volumen de granos constituye la base para alimentos esenciales derivados de las harinas de trigo y maíz.
“Si consideramos que este volumen de granos es la base para alimentos esenciales derivados de las harinas de trigo y maíz, estamos hablando de una pérdida de más de 112.300.000 platos de comida”, concluye el reporte.
Finalmente, desde la institución sostuvieron que el escenario planteado evidencia la necesidad de avanzar en un ordenamiento territorial equilibrado y en decisiones que permitan compatibilizar el desarrollo urbano con la producción de alimentos, publicó Apf.
En ese sentido, el informe plantea que la expansión residencial y el crecimiento de áreas urbanas cercanas a zonas productivas requieren políticas que garanticen la convivencia entre las actividades agrícolas y las comunidades, evitando impactos negativos tanto para el sistema productivo como para la seguridad alimentaria.