Sociedad Alerta sanitaria nacional

Prohibieron una emulsión limpiadora para bebés tras un caso de irritación dérmica

La ANMAT detectó un ingrediente no autorizado en un óleo calcáreo, utilizado para la higiene de bebés, y dispuso su prohibición en todo el país, además de iniciar un sumario sanitario.

24 de Abril de 2026
ANMAT prohibió emulsión limpiadora para bebés

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición de uso, comercialización y distribución de una emulsión limpiadora para bebés tras detectar irregularidades en su composición, según se informó en la Disposición 2194/2026.

 

La medida alcanza a los lotes L438, L552 y L162 del producto rotulado como “Emulsión limpiadora a base de óleo calcáreo, marca Promarc, Fresh Club”, luego de constatarse la presencia de un conservante no autorizado para este tipo de productos.

 

La investigación se inició a partir de tareas de fiscalización realizadas por el área de cosmetovigilancia del organismo, tras reportarse un evento adverso en una niña lactante que presentó irritación dérmica en la zona donde se aplicó el producto.

 

A partir de ello, se solicitó documentación a la empresa elaboradora, que evidenció el uso de propilparabeno, un ingrediente restringido por la normativa vigente. Según se detalló, algunos de los lotes habían sido elaborados fuera del plazo permitido para su adecuación a la regulación.

 

En una inspección posterior, las autoridades corroboraron que varios lotes habían sido liberados al mercado con ese componente, lo que motivó la intervención sanitaria.

 

Retiro del mercado y sumario

Como parte de las medidas adoptadas, se ordenó a la empresa responsable el retiro inmediato de los productos del mercado y la presentación de documentación que acredite el cumplimiento de dicha acción.

 

Además, se dispuso la instrucción de un sumario sanitario contra la firma titular y el laboratorio elaborador por presuntos incumplimientos a la normativa vigente, en relación al uso de sustancias no autorizadas en productos cosméticos.

 

Desde el organismo se remarcó que los productos cosméticos deben cumplir con estándares de seguridad y calidad para minimizar riesgos en los usuarios, especialmente en poblaciones sensibles.

 

La disposición fue comunicada a las autoridades sanitarias de todo el país para su control y aplicación, en el marco de las acciones de vigilancia y protección de la salud pública.

 

Otros productos prohibidos

En otra resolución, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica detalló una serie de productos prohibidos en todo el país, entre los que se encuentran un tornillo reabsorbible para ligamento cruzado rotulado como “STRYKER 10 mm X 28 mm - BIOABSORBABLE - ACL INTERFERENCE SCREW” y distintos tornillos óseos identificados con referencias 20L-MN-004, 20L-MN-016, 20L-MN-014 y 20L-MN-005, todos ellos sin autorización sanitaria.

 

La medida se fundamentó en que uno de los dispositivos fue considerado falsificado, mientras que los restantes no fueron importados por titulares habilitados, lo que impide garantizar su trazabilidad, seguridad y condiciones de uso, representando un potencial riesgo para la salud de los pacientes.

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