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Política Elecciones del domingo

Reiteraron las prohibiciones por la veda electoral

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios del próximo 25 de octubre, el Código Electoral Nacional establece una serie de disposiciones durante la veda electoral que a continuación se detallan.

21 de Octubre de 2015

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios del próximo 25 de octubre, el Código Electoral Nacional establece una serie de disposiciones durante la veda electoral que a continuación se detallan.

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios del próximo 25 de octubre, cuáles son las prohibiciones que establece el Código Electoral Nacional y cuándo comienza la veda:

 

Establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. Está previsto para este viernes 23 de octubre desde las 8 de la mañana, es decir 48 horas antes del comienzo de las elecciones.

 

<b>Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:</b>

 

- Los espectáculos populares al aire libre.

 

- Los espectáculos populares en recintos cerrados.

 

- Las fiestas teatrales y deportivas.

 

- Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

 

- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

 

<b>A 80 metros de la mesa receptora de votos está prohibido:</b>

 

- La realización de reuniones de electores en los domicilios.

 

- La utilización de las viviendas como depósito de armas.

 

- La apertura de organismos partidarios.

 

- La distribución de boletas de sufragios a los electores.

 

<b>48 antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:</b>

 

- Realizar actos públicos de proselitismo.

 

- La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

 

- La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

 

<b>12 horas antes y 3 horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:</b>

 

- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

 

- Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

 

Como ha ocurrido en otras elecciones y con el fin de garantizar que todo se desarrolle con normalidad, al igual que elecciones anteriores, se suspenderá el expendió de bebidas alcohólicas a partir de las 00 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva.

 

A partir de las 00. Los boliches deben estar cerrados. En los bares o restaurantes tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas.

 

Para que la jornada del domingo finalice tranquila, también serán suspendidas todas las actividades públicas hasta tres horas después del cómico.

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