En la medida cautelar, los demandantes pidieron que se declare la inconstitucionalidad de la ley promulgada hace dos semanas por el presidente Alberto Fernández.
En su fallo, la jueza de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº19 de Resistencia, consideró que la Constitución provincial garantiza el derecho "a la vida y a la libertad desde la concepción", por lo que "debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana", afirmó.
La cautelar presentada por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Ávila, Fernando Enrique Guirado, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina establecía que la ley de aborto legal "restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia del derecho a la vida del niño por nacer".
La decisión de la magistrada fue calificada como "antidemocrática" por representantes de organizaciones feministas.
El pasado domingo 24, la ley 27.610 de acceso a la IVE entró en vigencia en todo el país. Ese día, el Gobierno recordó que la norma establece que "los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, las entidades y empresas de medicina prepaga" deben incorporar "la cobertura integral y gratuita de esta práctica".
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