Economía Movimientos bancarios

Transferencia entre cuentas propias: cuánto dinero se puede mover en octubre de 2026

ARCA establece umbrales para que bancos y billeteras informen determinadas operaciones, pero esos valores no prohíben mover sumas mayores. La procedencia de los fondos y los comprobantes son centrales si se solicita documentación.

7 de Octubre de 2026
Transferencia.

Mover dinero entre cuentas del mismo titular puede generar dudas sobre los controles de ARCA, especialmente cuando se trata de sumas elevadas. Sin embargo, el organismo no establece un monto máximo para realizar una transferencia propia: los parámetros vigentes corresponden a obligaciones de información de bancos y billeteras.

 

Durante octubre de 2026, los umbrales para determinadas operaciones son de $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Alcanzar esos importes puede hacer que los movimientos deban informarse, pero no significa que estén prohibidos.

 

 

De acuerdo con los regímenes publicados por ARCA, las entidades deben considerar distintos conceptos, como las acreditaciones acumuladas durante el mes y los saldos. Por eso, los $50 millones no constituyen un límite general para cada transferencia individual.

 

Qué ocurre al mover dinero entre cuentas propias

 

Una operación entre cuentas propias es aquella en la que tanto el origen como el destino pertenecen al mismo titular. Trasladar esos fondos no representa necesariamente un nuevo ingreso, sino un cambio en el lugar donde se mantiene el dinero.

 

Por ejemplo, una persona puede tener $60 millones ahorrados en un banco y enviarlos a otra cuenta a su nombre. Superar el umbral de información no convierte por sí solo esa operación en una infracción ni implica una sanción automática.

 

 

La distinción está entre el movimiento y la procedencia del dinero. Si una entidad solicita documentación, el titular debe poder respaldar de dónde surgieron los fondos y demostrar su recorrido entre las cuentas, mediante los comprobantes correspondientes.

 

Qué movimientos deben informar los bancos

 

Para las acreditaciones mensuales y los saldos bancarios, los parámetros son de $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Se trata de importes mínimos del régimen de información, no de autorizaciones para operar hasta determinada suma.

 

Otros movimientos tienen umbrales específicos. Las extracciones mensuales en efectivo se informan desde $10 millones y los depósitos a plazo desde $100 millones para personas humanas o $30 millones para personas jurídicas. Para consumos con tarjetas de débito en el país, el parámetro es de $50 millones mensuales.

 

 

En las billeteras virtuales se consideran los ingresos o egresos totales del período y el saldo al cierre mensual de las cuentas a reportar. La información debe suministrarse cuando esos valores alcancen o superen $50 millones para personas humanas o $30 millones para personas jurídicas.

 

Qué documentación puede solicitarse

 

Ante movimientos elevados, el banco o la billetera puede pedir documentación sobre el origen de los fondos conforme a sus controles. Entre los respaldos posibles se encuentran recibos de sueldo, facturas, declaraciones juradas y comprobantes de ventas, según cómo se haya obtenido el dinero.

También conviene conservar el comprobante de cada transferencia entre cuentas propias. Ese registro permite acreditar que el dinero salió de una cuenta del titular y llegó a otra de su propiedad, si posteriormente se requiere explicar la operación.

 

Los umbrales de ARCA deben distinguirse, además, de los límites operativos que pueda aplicar cada banco o billetera. Para mover una suma elevada, corresponde revisar las condiciones del servicio: el régimen informativo no garantiza que cualquier importe pueda enviarse en una sola operación.

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