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Los requisitos sanitarios para viajar al exterior con mascotas no tradicionales

Si bien los perros y gatos son las mascotas más habituales, hay un universo de otros animales que también requieren permisos especiales para el traslado internacional.

12 de Diciembre de 2025
La mascota no tradicional requiere un Certificado Veterinario Internacional

SENASA resume los tres pasos para gestionar el certificado que ampara el traslado internacional de conejos, hurones, hámsteres, tortugas y otros.

 

Aunque perros y gatos siguen siendo los compañeros de convivencia más habituales, crece el número de personas que eligen otras especies como animales de compañía, por ejemplo, pequeños mamíferos, reptiles, anfibios, aves e incluso invertebrados. Es así que el concepto de lo que constituye una “mascota” se ha ido transformando durante los últimos años.

 

Tal es así que esta tendencia también se ha observado en los traslados internacionales. Cada vez más personas viajan al exterior acompañados por sus mascotas no tradicionales.

 

En este sentido, el principal desafío es cumplir con las exigencias sanitarias del país de destino, contempladas en el Certificado Veterinario Internacional (CVI), documento clave emitido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). A continuación, se brinda una pequeña guía para su tramitación.

Tres pasos para realizar la gestión

 

Chequear si hay acuerdo sanitario vigente con el país de destino

El CVI es un documento requerido para exportar animales vivos —categoría en la que entran las mascotas no tradicionales—, que garantiza el cumplimiento de las exigencias sanitarias del país de destino. Antes de iniciar la gestión, el primer paso es consultar en el buscador oficial del SENASA si existe un acuerdo sanitario vigente para el destino elegido y la especie de interés.

 

Se recuerda a los usuarios que, si no se encuentra en el buscador, la especie o el destino correspondiente al viaje, no se debe iniciar el trámite. En su lugar, deberán redirigir su consulta al SENASA para que consulte los requisitos al país de destino y acuerde un modelo de CVI que ampare el traslado.

 

Por otro lado, según la especie animal y finalidad, en algunos casos, pueden requerirse autorizaciones de otros organismos, tales como:

-Permiso de importación otorgado por el país de destino. Se deberá consultar a la autoridad veterinaria del país de destino si debe tramitarse una autorización especial o permiso de importación para el ingreso con su mascota.

-Permiso de la Dirección Nacional de Biodiversidad–Fauna Silvestre.

 

Presentar solicitud de autorización para el traslado

En caso de existir acuerdo, se deberá presentar ante el SENASA la solicitud de autorización para exportar animales vivos a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD); para comenzar con el trámite, el interesado deberá conocer —al menos— la especie, cantidad animales y especificar su finalidad (animal de compañía), fecha estimada del viaje y el país de destino.

 

Iniciar expediente electrónico

Una vez que se haya presentado esta solicitud, se iniciará un expediente electrónico (el usuario podrá tener seguimiento del mismo) que contemplará las tareas sanitarias correspondientes y finalizará con la emisión del CVI que acompañará a la mascota hasta su destino. Es importante tener en cuenta que, según la especie y las exigencias del país de destino, previo a la exportación se pueden requerir exámenes clínicos y/o de laboratorio y cuarentenas específicas, que deberán cumplirse durante un periodo determinado previo al embarque.

 

Por último, luego de haber consultado requisitos y operatoria ante el organismo sanitario, se sugiere consultar con un veterinario matriculado, quien puede proporcionar recomendaciones sobre el cuidado de la mascota durante el viaje, incluyendo cómo minimizar el estrés y garantizar que el animal se sienta seguro y cómodo en todo momento. En caso de que el traslado se realice por vía aérea, o en ómnibus, es importante comunicarse previamente con la compañía de transporte, ya que pueden existir requisitos adicionales específicos que deben cumplirse.

El SENASA recuerda que, además de cumplir con los requisitos sanitarios para la emisión del CVI, es fundamental considerar el impacto que la tenencia de mascotas no tradicionales puede tener sobre la conservación y la biodiversidad. Por ello, se recomienda verificar siempre el origen legal de los animales y evitar la adquisición de ejemplares provenientes del tráfico ilegal de fauna, práctica que afecta gravemente a las poblaciones silvestres y a los ecosistemas.

 

Para más información, acceder al portal del SENASA para la importación o exportación de animales o enviar una consulta a través del correo electrónico responde@senasa.gob.ar; WhatsApp al (11) 3585 9810; oficinas (lunes a viernes de 9 a 17 horas); formulario web.

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