Sociedad

Reglamentación de fitosanitarios en Entre Ríos: nuevos alcances del protocolo provincial

La reglamentación de fitosanitarios en Entre Ríos avanza con la puesta en vigencia del protocolo de buenas prácticas, una herramienta que establece criterios obligatorios de aplicación, controles y capacitación para el uso de productos en el territorio provincial.

4 de Junio de 2026
Fijaron pautas de control y buenas prácticas.

REDACCIÓN ELONCE

La reglamentación de fitosanitarios en Entre Ríos quedó formalmente vigente tras la aprobación del protocolo de buenas prácticas en materia de aplicación de productos fitosanitarios. Así lo explicó a Elonce la directora de Agricultura de la provincia, Carina Gallegos, quien detalló el alcance de la normativa, su implementación y los mecanismos de control previstos en el territorio entrerriano.

 

Según precisó la funcionaria, el protocolo surge de la ley provincial y fue elaborado en el marco del Consejo Asesor Fitosanitario, integrado por 11 instituciones y 13 representantes de distintos sectores productivos y académicos. “Empezó a sesionar a los cuatro meses de la sanción de la norma y trabajó en alcanzar consensos hasta su aprobación por unanimidad”, explicó.

El documento fue finalmente aprobado en diciembre de 2025 y luego ratificado mediante una resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. “Lo que se hizo fue revisar la congruencia del protocolo con la ley y las normas vigentes, y desde el 22 de mayo ya es de cumplimiento obligatorio”, indicó Gallegos.

 

Distancias, áreas sensibles y zonas de aplicación

 

Uno de los puntos más consultados sobre los fitosanitarios tiene que ver con las distancias de aplicación. Sin embargo, la funcionaria aclaró que estas ya están definidas en la ley provincial vigente desde enero de 2025.

 

“El protocolo no establece distancias porque eso ya está en la ley. Se determinan en función del tipo de área sensible y del método de aplicación”, señaló Gallegos.

La normativa distingue entre asentamientos poblacionales, escuelas rurales, plantas urbanas y zonas sin población, además de diferenciar métodos de aplicación como terrestre, dron, mochila o avión. A partir de esa combinación se establecen dos zonas principales.

 

“La zona de exclusión es un radio donde no se puede aplicar ningún fitosanitario. En la zona de amortiguamiento sí se puede, pero con condiciones estrictas”, explicó.

 

En esos sectores solo se permiten productos de menor toxicidad, con presencia obligatoria de asesor fitosanitario y receta agronómica, además de control de condiciones meteorológicas y cumplimiento del nuevo protocolo.

 

Capacitación obligatoria y control en territorio

 

Gallegos destacó que uno de los pilares de la normativa es la capacitación obligatoria para todos los actores involucrados. “La información es la manera de gestionar el riesgo en el uso de un fitosanitario”, afirmó.

La ley incluye formación para operarios, ingenieros agrónomos, aplicadores y expendedores, además de nuevas figuras que también deben capacitarse. “La norma crea obligaciones claras porque la capacitación es central para la seguridad del sistema”, sostuvo.

 

También remarcó nuevas responsabilidades para los productores, especialmente en el suministro de información clave. “El productor debe informar, por ejemplo, la presencia de colmenas o situaciones particulares del lote que el asesor puede desconocer”, ejemplificó.

Entre Ríos reglamentó el uso de fitosanitarios

Además, el protocolo incorpora reglas sobre manejo de envases, logística de compra y transporte de productos, reforzando aspectos operativos que no estaban detallados en la ley.

 

Control, denuncias y tecnología aplicada

 

Respecto del control, la funcionaria reconoció que se trata de un desafío por la extensión territorial de la provincia. “Es una tarea compleja, por eso hacemos foco en la capacitación y la responsabilidad de todos los actores”, señaló.

 

En ese sentido, explicó que la Policía de Entre Ríos actúa como organismo auxiliar de control y que existen múltiples canales de denuncia disponibles para la ciudadanía. “Cualquier destacamento puede recibir denuncias y también contamos con canales digitales para activar las inspecciones”, detalló.

 

Las sanciones previstas van desde apercibimientos hasta multas y decomisos en caso de incumplimiento. A su vez, la normativa impulsa la incorporación de tecnología en los equipos de aplicación.

 

“La ley establece que en un plazo de dos años todos los equipos deberán contar con sistemas de trazabilidad que registren dónde, cuándo y en qué condiciones se aplicó”, concluyó Gallegos, al destacar el rol de la modernización como herramienta de control y transparencia.

fitosanitarios Reglamentación pautas de control