La Justicia habilitó la revisión de la medida cautelar sobre financiamiento universitario que obliga al Gobierno a cumplir con la actualización de salarios docentes y no docentes y de becas. La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal aceptó una queja del Ministerio de Capital Humano contra el rechazo de su apelación.
Los magistrados también permitieron que avance el recurso contra la intimación que exigía cumplir la orden en cinco días, bajo apercibimiento de aplicar multas diarias. El Gobierno sostiene que la cautelar tenía un plazo de vigencia que ya se cumplió.
Según informó Infobae, la resolución fue firmada por los jueces Sergio Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán. El tribunal consideró que impedir la apelación mientras corría el plazo de cumplimiento podía provocar un perjuicio irreparable al Estado.
Qué cuestionó el Gobierno
Capital Humano acudió a la Cámara con asistencia de la Procuración del Tesoro, encabezada por Sebastián Amerio. Su planteo sostiene que continuar ejecutando la cautelar sobre financiamiento universitario implica extender una medida cuyo límite temporal había vencido.
“La limitación temporal no fue accesoria ni irrelevante, sino que integró expresamente los términos de la tutela concedida”, argumentó el Estado en su presentación.
El Ministerio también cuestionó que se le exigieran sumas de “dimensión extraordinaria” sin una liquidación concreta. Afirmó que debía cumplir una “manda judicial imprecisa, genérica, omisiva y sin datos ciertos”, sin posibilidad de obtener una revisión de un tribunal superior.
Salarios, becas y multas diarias
Respecto de las obligaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, el Gobierno aseguró que ya cumplió con las actualizaciones salariales y de becas. Sostuvo que los aumentos acumulados entre diciembre de 2023 y agosto de 2025 superaron la variación del Índice de Precios al Consumidor.
Además, reclamó que el juzgado precise qué puntos permanecen pendientes. Sobre las becas, afirmó que la norma comprende las del Programa 26, entre ellas las Manuel Belgrano, y no las Progresar.
La Cámara habilitó la apelación contra la intimación que ordenaba cumplir en cinco días bajo amenaza de astreintes, las multas diarias previstas para forzar el cumplimiento de una decisión judicial.
Cómo se originó la disputa
El conflicto por el financiamiento universitario comenzó con un amparo del Consejo Interuniversitario Nacional y otras instituciones contra el Decreto 759/25. El Juzgado Federal N.º 11 dictó una cautelar para garantizar recursos mientras se resolvía la cuestión de fondo.
Posteriormente, el Estado apeló la sentencia del expediente principal y ese recurso fue concedido con efecto suspensivo. La controversia continuó porque el juzgado mantuvo, en un trámite paralelo, la ejecución de la cautelar y rechazó la apelación del Gobierno contra esa decisión.
Con la queja aceptada, el expediente volverá a primera instancia para tramitar el recurso. En la Casa Rosada interpretan que su admisión suspende la aplicación de la medida; la Cámara, por su parte, dejó para una resolución posterior la discusión sobre su vigencia y el cumplimiento de las obligaciones.