REDACCIÓN ELONCE
La defensa de Airaldi centró este jueves su alegato final en el pedido de absolución del productor agropecuario de Diamante, Leonardo Airaldi, acusado de ser organizador y financista de una estructura de narcotráfico. Durante casi cuatro horas, la abogada Mariana Barbitta cuestionó el desarrollo de la investigación, la formulación de la imputación y la validez de varias de las pruebas reunidas durante el proceso judicial.
De manera subsidiaria, la defensora solicitó que, en caso de una condena, se descarte el agravante de organizador del delito y se imponga una pena menor a los 14 años de prisión requeridos por el Ministerio Público Fiscal, integrado por el fiscal general José Ignacio Candioti, el fiscal adjunto Juan Podhainy y la PROCUNAR, representada por Martín Uriona.
Uno de los primeros ejes del alegato estuvo referido a las condiciones de detención de Airaldi en el penal federal de Ezeiza. Barbitta sostuvo que su defendido permanece bajo un régimen de "alto riesgo" que, según afirmó, limitó el contacto con su familia y afectó el ejercicio del derecho de defensa durante el juicio.
Cuestionamientos a la investigación y a la imputación
La defensora repasó el origen de la causa y cuestionó la forma en que la investigación terminó focalizándose en Airaldi. Según afirmó, las primeras actuaciones impulsadas por Prefectura Naval en 2018 no lo mencionaban y su incorporación al expediente respondió a un "sesgo investigativo" basado en publicaciones periodísticas.
"Únicamente se llega a Airaldi por noticias periodísticas, y un claro sesgo investigativo", afirmó Barbitta, al sostener que la acusación se construyó sobre información cuya procedencia nunca fue corroborada.
También cuestionó la formulación de la imputación realizada en 2024, al sostener que contenía descripciones "genéricas, vagas e imprecisas", incompatibles con el principio de legalidad. En ese sentido, aseguró que la acusación no individualizaba con claridad las conductas atribuidas a su defendido y que la descripción utilizada podía aplicarse indistintamente a cualquiera de los imputados.
La acumulación de causas y los cambios en la hipótesis fiscal
Barbitta también reconstruyó la cronología de las investigaciones desarrolladas en Paraná y Santa Fe, y sostuvo que la acumulación de ambos expedientes modificó la plataforma fáctica original de la acusación.
Según indicó, durante la primera indagatoria "no se habló de avionetas, de una pista clandestina, de descargar estupefacientes por vía aérea, de Diego Torres ni de lanchas". A su criterio, esos elementos aparecieron posteriormente y alteraron la hipótesis inicial, vulnerando el principio de congruencia y afectando el derecho de defensa.
En la misma línea, sostuvo que la unificación de las causas impidió ofrecer pruebas que, según afirmó, podrían haber demostrado que Airaldi nunca estuvo en Puerto Gaboto ni mantenía relación con Diego Torres, además de otras medidas periciales que la defensa consideraba relevantes.
Críticas al proceso judicial
Uno de los pasajes más duros del alegato estuvo dirigido al desarrollo del juicio. La abogada afirmó que su defendido fue considerado culpable desde el inicio de la investigación y sostuvo que ese criterio terminó trasladándose al debate oral.
En ese contexto cuestionó el rol asumido por el Tribunal durante la producción de la prueba y expresó que, a su entender, existió una intervención excesiva de la presidencia durante los interrogatorios a los testigos. También planteó reparos respecto de la integración del tribunal por la participación previa de uno de sus integrantes en decisiones vinculadas con la acumulación de las causas.
Asimismo, reivindicó la trayectoria personal y empresarial de Airaldi, a quien describió como un productor agropecuario reconocido en la región, con una extensa participación institucional dentro de la Sociedad Rural de Diamante y actividad comercial vinculada a la producción ganadera.
La defensa rechazó las principales pruebas de la acusación
En otro tramo de su exposición, Barbitta buscó desacreditar varios de los elementos considerados centrales por la Fiscalía. Sobre la supuesta pista de aterrizaje clandestina, afirmó que informes oficiales determinaron que el terreno de la estancia El Mirador no era apto para operaciones aéreas y remarcó que ninguno de los testigos declaró haber visto descender aeronaves en el lugar.
Respecto de las lanchas mencionadas durante el juicio, sostuvo que eran utilizadas para el traslado legal de hacienda entre las islas, mientras que sobre los allanamientos destacó que en las propiedades inspeccionadas no se encontraron cantidades de droga compatibles con una organización dedicada al narcotráfico, sino pequeñas dosis que vinculó con un consumo personal. También negó que existieran pruebas que relacionaran a Airaldi con los casi 30 kilos de cocaína secuestrados en Puerto Gaboto.
La defensora también cuestionó la validez de los audios, fotografías y conversaciones extraídas de teléfonos celulares secuestrados durante la investigación. Sostuvo que la cadena de custodia fue vulnerada y que no se utilizaron mecanismos técnicos que garantizaran la integridad de la información, por lo que consideró que esas pruebas carecen de la confiabilidad necesaria.
Además, indicó que Airaldi atravesaba un problema de adicción a la cocaína durante el período investigado, situación que, según afirmó, explicaría parte del contenido hallado en los dispositivos y los escasos estupefacientes secuestrados.
Pedido de absolución
En el tramo final del alegato, Barbitta rechazó además el pedido fiscal de decomisar la estancia El Mirador al sostener que no se acreditó que el inmueble hubiera sido utilizado para cometer delitos vinculados con la Ley 23.737. Según expresó, la acusación se apoyó únicamente en indicios y no alcanzó el grado de certeza exigido para una condena.
Finalmente, la defensora solicitó la absolución de Airaldi por el beneficio de la duda. De manera subsidiaria, pidió una pena inferior sin el agravante de organizador de narcotráfico, planteó la inconstitucionalidad de la norma que impide acceder a la libertad condicional en delitos de drogas y requirió que se rechace el decomiso de la estancia. Con los alegatos de las partes concluidos, el juicio ingresó en la etapa previa al veredicto.