Política Tras la apelación del Gobierno

La Cámara revocó la cautelar que frenaba la Reforma Laboral y restableció la vigencia de 83 artículos

El tribunal laboral dispuso que la apelación del Gobierno, tenga efecto suspensivo y dejó sin efecto la medida dictada por el juez nacional Raúl Ojeda. La CGT mantiene el planteo de fondo contra la Ley 27.802.

23 de Abril de 2026
Marcha de la CGT. (Archivo).

REDACCIÓN ELONCE

La reforma laboral volvió a estar vigente tras un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que modificó el efecto de la apelación presentada por el Estado nacional y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido parte de la ley. La decisión impactó de forma directa en el avance judicial de una de las normas centrales del programa económico del Gobierno.

 

La resolución fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, en el marco de la causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado nacional. El expediente se tramitaba ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 y tenía como eje la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley 27.802.

El conflicto judicial se había originado a partir de una medida cautelar dictada el 30 de marzo por el juez Enrique Ojeda, quien había hecho lugar al planteo sindical y suspendido la vigencia de 83 artículos de la norma. La decisión había tenido efecto inmediato y alcance general, lo que paralizó parcialmente la implementación de la reforma laboral.

 

Cambio de criterio en la Cámara

 

Tras la apelación del Estado nacional, el recurso había sido concedido inicialmente “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la revisión judicial. Frente a esa situación, el Gobierno presentó un recurso de queja para que se le otorgara efecto suspensivo.

 

La Sala VIII hizo lugar a ese planteo y fundamentó su decisión en el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Según esa norma, cuando una cautelar suspende los efectos de una ley, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo en situaciones excepcionales.

Los jueces consideraron que, en este caso, no se verificaban esas excepciones y destacaron la relevancia institucional de la norma cuestionada, al tratarse de una ley sancionada por el Congreso. Bajo ese criterio, sostuvieron que debía ser la Cámara la que analice en profundidad la validez de la medida cautelar.

 

Qué implica la decisión en la práctica

 

Como consecuencia del fallo, la Cámara resolvió modificar la resolución del 7 de abril y otorgar efecto suspensivo al recurso presentado por el Estado nacional. Esto implicó que la medida cautelar quedara sin efecto mientras se tramita la apelación.

 

Desde el punto de vista práctico, la decisión significó que los artículos de la reforma laboral que habían sido suspendidos recuperaran vigencia en esta etapa del proceso. De esta manera, la ley volvió a regir en su totalidad hasta que exista una definición judicial sobre el fondo del planteo.

La cautelar había sido otorgada tras considerar acreditados requisitos como la verosimilitud del derecho y el riesgo de daño irreparable, argumentos que fueron esgrimidos por la CGT al cuestionar la reforma. Entre los puntos objetados se encontraban cambios en indemnizaciones, condiciones de contratación, jornada laboral y representación sindical.

 

El trasfondo del conflicto judicial

 

El Estado nacional, a través de la Procuración del Tesoro, había cuestionado la procedencia de la cautelar, la legitimación de la CGT y el alcance de la resolución judicial. Además, sostuvo que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una norma de carácter general.

 

En paralelo, el Gobierno también presentó un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema, con el objetivo de que el máximo tribunal intervenga directamente en la controversia y revise la suspensión de la reforma laboral.

 

La Ley 27.802 forma parte de un paquete de reformas impulsadas por el Ejecutivo en materia económica y laboral. Desde el Gobierno sostuvieron que las modificaciones buscan reducir la litigiosidad y fomentar la formalización del empleo, mientras que desde el sector sindical advirtieron que implican una pérdida de derechos laborales.

 

Una causa que sigue abierta

 

Con esta resolución, el expediente ingresó en una nueva etapa judicial en la que la Cámara deberá analizar los argumentos de fondo presentados por ambas partes. El tribunal tendrá que determinar si corresponde confirmar o revocar la medida cautelar en función de los planteos jurídicos.

 

Hasta que se produzca esa definición, la reforma laboral se mantendrá vigente en los términos establecidos por la ley. El proceso continúa abierto y no se descarta que el caso llegue a la Corte Suprema en instancias posteriores, publicó Infobae.

 

En este contexto, la disputa judicial por la reforma laboral se consolidó como uno de los ejes centrales del debate institucional, con impacto tanto en el ámbito político como en el mercado de trabajo.

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