La Cámara de la Industria de Gualeguaychú cuestionó este domingo la continuidad de la clausura preventiva de la Planta de Tratamiento de Efluentes del Parque Industrial Gualeguaychú (PIG), medida confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná.
Mediante un comunicado, la entidad expresó su “profunda preocupación” por el fallo y planteó objeciones sobre los elementos técnicos considerados por la Justicia para sostener la clausura, según publicó R2820.
La medida había sido dispuesta el 24 de agosto por el Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo de Hernán Viri. Posteriormente, las defensas apelaron, pero la Cámara Federal rechazó los recursos y confirmó la decisión preventiva.
Los estudios mencionados por los industriales
La Cámara de la Industria aseguró que existen análisis posteriores cuyos resultados se encontraban dentro de los parámetros previstos por la normativa ambiental. La entidad mencionó los informes L28/26 y L29/26, correspondientes a muestras tomadas el 19 de mayo, y el estudio L48/26, elaborado a partir de una muestra obtenida el 16 de julio.
Según sostuvo, los análisis fueron realizados sobre la planta y en diferentes sectores del río Gualeguaychú sin detectar valores superiores a los límites citados en su comunicado. A partir de esos resultados, la entidad consideró que deberían revisarse los fundamentos utilizados para mantener la clausura de la planta común de tratamiento.
El cuestionamiento a una muestra
Uno de los planteos centrales estuvo dirigido al informe L41/26, correspondiente a una muestra extraída el 9 de junio en la Cañada El Melgar.
La Cámara de la Industria sostuvo que el punto exacto donde se realizó la extracción no habría sido precisado y afirmó que esa circunstancia debía ser considerada al evaluar la validez de los resultados.
La Justicia Federal, en cambio, otorgó relevancia al análisis al resolver la continuidad de la clausura preventiva. Según la resolución de la Cámara Federal de Paraná, la muestra presentó una elevada carga bacteriana, con presencia de coliformes termotolerantes y Escherichia coli.
El estudio también detectó metales por encima de los límites utilizados como referencia, entre ellos aluminio, cromo, cobre, plata, selenio y zinc.
Al analizar los cuestionamientos de las defensas, el tribunal señaló que una medida cautelar ambiental no requería una certeza definitiva sobre todos los elementos incorporados a la causa.
Los camaristas entendieron que, para sostener una medida preventiva, resultaba suficiente verificar la existencia de elementos que indicaran un posible riesgo ambiental y peligro ante una demora.
Plantearon que podría haber otras fuentes de contaminación
La entidad industrial también se refirió a una medición de contaminación fecal realizada el 16 de julio. Según expuso, durante esa jornada la planta no habría realizado volcados debido a la rotura de un caño de impulsión.
A partir de esa circunstancia, la Cámara consideró necesario investigar si existían otras fuentes de contaminación en el sector.
La Justicia, por su parte, había señalado en su resolución que uno de los vertidos irregulares fue detectado en inmediaciones de las calles Las Magnolias y Los Cedros, a pocos metros de la planta.
Para el tribunal, la cercanía del hallazgo no permitía desvincularlo del funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Efluentes durante esta etapa de la investigación.
Obras y monitoreo en tiempo real
En su comunicado, la Cámara de la Industria destacó las obras de mejora realizadas en las instalaciones del Parque Industrial. También mencionó la incorporación de un sistema de monitoreo en línea que permite controlar en tiempo real diferentes parámetros de los efluentes.
La entidad sostuvo que mantener la clausura “cuando las mediciones directas muestran cumplimiento” no resolvería el problema ambiental investigado. Según argumentó, la continuidad de la medida podría generar nuevas dificultades para las empresas que funcionan dentro del predio industrial.
La Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (CODEGU) había difundido durante septiembre un informe elaborado por el licenciado en Salud Ambiental Sebastián Chiappella.
De acuerdo con la interpretación difundida por la entidad, el estudio concluyó que la planta mantuvo su capacidad funcional de tratamiento entre febrero y agosto de 2026.
El documento fue presentado ante la Justicia Federal, la Secretaría de Ambiente municipal, la Secretaría de Ambiente provincial y la Dirección de Industria y Parques Industriales de Entre Ríos.
El posible impacto sobre las empresas
La Cámara de la Industria advirtió que la clausura sin un plazo definido podría afectar la actividad de las empresas radicadas en el Parque Industrial. Explicó que la mayoría de las firmas no contaba con instalaciones preparadas para completar individualmente el tratamiento final de sus efluentes.
Los sistemas internos de las industrias fueron diseñados para efectuar un pretratamiento, mientras que la etapa final dependía de la planta común instalada en el predio.
La entidad agregó que no existía una red sanitaria alternativa para conducir los líquidos hacia otro punto de tratamiento o disposición final. También consideró difícil sostener el traslado mediante camiones atmosféricos debido al volumen de efluentes generado por el conjunto de las empresas.
En ese contexto, advirtió que una clausura prolongada podría comprometer la continuidad productiva de algunas industrias y afectar a sus trabajadores.
La medida seguirá vigente
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó que la clausura permanecerá vigente hasta que se demuestre que los vertidos provenientes de la planta reciben un tratamiento adecuado y cumplen con los valores exigidos por la normativa ambiental.
El tribunal también tuvo en cuenta que el Certificado de Aptitud Ambiental de la planta se encontraba vencido desde 2021.
La medida judicial tiene carácter preventivo y busca evitar posibles daños mientras se reúnen y analizan las pruebas incorporadas al expediente.
La clausura no constituye una sentencia definitiva ni determina responsabilidades penales o civiles por la contaminación investigada.
La causa continúa en trámite y deberá establecer el origen de los vertidos, el funcionamiento de la planta y las eventuales responsabilidades de las personas e instituciones involucradas.