Fondo de desempleo ANSES es la prestación destinada a los trabajadores en relación de dependencia que perdieron su empleo sin causa justificada y necesitan contar con un ingreso mientras buscan una nueva oportunidad laboral. El beneficio, administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), contempla un pago mensual por tiempo limitado, además del acceso a distintas asignaciones familiares, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente.
La prestación busca brindar un respaldo económico durante el período de desempleo y evitar que quienes fueron desvinculados de sus empleos queden sin ingresos de manera inmediata.
Además del monto mensual, los beneficiarios pueden acceder, según cada situación, a asignaciones por prenatal, hijo, ayuda escolar anual, matrimonio, nacimiento o adopción.
Quiénes pueden acceder al beneficio
El acceso al fondo de desempleo depende del tipo de vínculo laboral que tenía el trabajador antes de ser despedido. En el caso de los empleados permanentes, es necesario acreditar al menos seis meses de aportes durante los últimos tres años anteriores al despido.
Para los trabajadores eventuales o de temporada, las condiciones son diferentes. Deben haber trabajado como mínimo 12 meses en los tres años previos y demostrar más de 90 días de actividad laboral durante el último año antes de perder el empleo.
El cumplimiento de estos requisitos es indispensable para que la ANSES evalúe y apruebe la solicitud de la prestación. No todas las personas despedidas acceden automáticamente al beneficio, ya que cada caso es analizado en función de la historia laboral y de los aportes registrados.
Cuánto se cobra y por cuánto tiempo
El monto del beneficio se calcula de acuerdo con los ingresos que percibía el trabajador antes de la desvinculación laboral. En cuanto a la duración, la asistencia económica puede extenderse entre 2 y 12 cuotas mensuales, según la cantidad de meses con aportes acumulados durante los últimos tres años.
La escala vigente establece las siguientes categorías:
Entre 6 y 11 meses de aportes: 2 cuotas.
Entre 12 y 23 meses: 4 cuotas.
Entre 24 y 35 meses: 8 cuotas.
36 meses o más: 12 cuotas.
Además, las personas mayores de 45 años cuentan con una protección adicional, ya que reciben seis meses extra de prestación respecto del período que les correspondería por su historial de aportes. Ese beneficio adicional busca compensar las mayores dificultades que suelen enfrentar quienes superan esa edad al momento de reinsertarse en el mercado laboral.
La documentación necesaria y cómo hacer el trámite
Para iniciar la gestión, los interesados deben presentar el Documento Nacional de Identidad y la documentación que acredite la causa de la desvinculación laboral.
Entre los documentos admitidos figuran el telegrama de despido, la carta documento, la notificación firmada por el empleador, la sentencia de quiebra cuando corresponda, el contrato vencido en caso de finalización de un vínculo a plazo fijo o el acta de defunción si el empleador era una persona física.
Cuando el trabajador haya sufrido una enfermedad o un accidente al momento del despido, también deberá presentar un certificado médico que acredite su aptitud para desarrollar tareas laborales compatibles con su estado de salud.
El trámite puede realizarse de manera virtual mediante el sistema de Atención Virtual de ANSES, utilizando el CUIL y la Clave de la Seguridad Social, o bien de forma presencial con turno previo en cualquiera de las oficinas del organismo.
Cómo se realiza el cobro
Una vez aprobada la solicitud, ANSES habilita una Caja de Ahorro de la Seguridad Social, donde se depositan mensualmente los importes correspondientes.
El primer pago debe cobrarse personalmente en la sucursal bancaria asignada, instancia en la que también se entrega la tarjeta de débito para acceder a los depósitos posteriores.
A partir de ese momento, el beneficiario podrá retirar el dinero mediante cajeros automáticos, respetando el calendario mensual de pagos establecido por ANSES según la terminación del DNI.
Finalmente, el organismo recuerda que quienes consigan un nuevo empleo mientras perciben la prestación tienen la obligación de informar esa situación dentro de los cinco días hábiles posteriores al inicio de la actividad laboral, para solicitar la suspensión del beneficio conforme a la legislación vigente.