El Gobierno nacional oficializó este lunes una serie de reformas en el régimen de desarmaderos de autos. A través del Decreto 536/2025, publicado en el Boletín Oficial, se anunció una digitalización integral de los trámites, sumada a nuevas reglamentaciones que buscan adaptar el sistema a los tiempos actuales.
Según explicó el Poder Ejecutivo, esta iniciativa “agilizará los trámites, mejorará la trazabilidad y eliminará costos innecesarios”. El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, y establece actualizar el Decreto N° 744/04 “para adaptarlo a la normativa vigente y a las herramientas tecnológicas disponibles en la actualidad, a la par de mantener sus principios rectores”.
Uno de los principales problemas que detectó el Ejecutivo en la normativa anterior fue la exigencia de “procedimientos manuales y presentaciones de documentación en soporte material que encarecen y dilatan los trámites de baja, sin aportar valor adicional al control registral”. Además, criticaron el sistema vigente de etiquetado de “autopartes recuperables”, que dependía de etiquetas físicas impresas distribuidas en los Registros Seccionales, considerado obsoleto frente a las posibilidades digitales actuales.
Digitalización de trámites y nuevo control sobre autopartes
Con las modificaciones, el proceso para solicitar la baja de un automotor y permitir la reutilización de algunas de sus partes sufrirá una transformación. El titular registral o su apoderado deberá elaborar un listado digital de las piezas que pueden ser recuperadas y aquellas que no están aptas para ser reutilizadas. Posteriormente, el desarmadero responsable cargará esa información en una plataforma digital, incluyendo fotografías y la documentación exigida por la normativa.
El decreto también establece que será electrónico el Certificado de Baja y Desarme, el cual deberá estar disponible para consulta y descarga por todas las partes intervinientes. Esta medida busca reducir tiempos y costos administrativos, además de permitir un seguimiento más riguroso de las partes utilizadas.
“Cada autoparte reutilizable identificada en dicho certificado, deberá contar con un código identificatorio asignado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos prendarios”, agrega el texto oficial. Este código será clave para garantizar la trazabilidad de cada pieza, y su registro será responsabilidad directa del desarmadero.
Fin de la renovación anual y nuevas notificaciones electrónicas
Otro cambio significativo es la eliminación de la renovación anual obligatoria en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas, que estaba contemplada en el artículo 10 del Decreto N° 744/04. Según el nuevo decreto, esta renovación resulta “innecesaria” y suprimida a favor de una mayor eficiencia administrativa.
Además, se incorpora la posibilidad de notificar electrónicamente la inactividad transitoria de los desarmaderos o los impedimentos operativos que afecten su actividad. “Corresponde incorporar la posibilidad de notificar electrónicamente la inactividad transitoria de los desarmaderos registrados o los impedimentos operativos relacionados con su actividad, lo que permitirá evitar que sean pasibles de sanciones por causas debidamente informadas al Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas”, expresó el decreto.
“A la luz de las herramientas tecnológicas disponibles, resulta necesario introducir la digitalización al procedimiento de baja y desarmado, incluidas la carga remota del listado de piezas recuperables, la emisión electrónica del Certificado de Baja y Desarme y la integración automatizada del legajo digital en el sistema de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, lo cual agilizará los trámites, mejorará la trazabilidad y eliminará costos innecesarios”, finaliza el texto oficial. (Con información de Boletín Oficial y Clarín)