Sociedad

Entre Ríos oficializó adhesión a la Ley Olimpia contra la violencia de género digital: la Justicia podrá eliminar contenidos

A través de la adhesión a la Ley Olimpia Nº 27.736, Entre Ríos adapta mecanismos judiciales para combatir la violencia digital de género, con medidas preventivas y correctivas en plataformas y redes sociales.

23 de Enero de 2026
Busca proteger a las víctimas de acoso y difusión no consentida de material.

REDACCIÓN ELONCE

Entre Ríos adhirió a Ley Olimpia. El Poder Ejecutivo de Entre Ríos ha oficializado la Ley N° 11.249 mediante su publicación en el Boletín Oficial N° 28.262, marcando un hito en la protección contra la violencia de género en el ámbito digital. Con esta ley, la provincia formaliza su adhesión a la Ley Olimpia N° 27.736, una normativa nacional que aborda las agresiones virtuales basadas en género.

 

La ley, sancionada inicialmente en la Cámara de Diputados el 18 de junio y ratificada por el Senado el 6 de enero, establece medidas clave para prevenir y sancionar la violencia digital, publicó Apf.

La Ley N° 11.249 responde a un contexto donde las agresiones virtuales se han vuelto cada vez más frecuentes, por lo que la nueva norma modifica el régimen de prevención de violencia de género en Entre Ríos. La legislación incorpora mecanismos de respuesta inmediata ante incidentes de hostigamiento en espacios virtuales y establece que los jueces podrán intervenir directamente en estos entornos. El objetivo es frenar los abusos y garantizar una respuesta efectiva de las autoridades judiciales.

 

Intervención judicial directa en plataformas digitales

Una de las principales innovaciones que introduce la ley es la posibilidad de que los jueces intervengan directamente sobre los contenidos digitales que constituyan violencia de género. La norma otorga a la justicia la potestad de ordenar a las empresas de plataformas digitales, redes sociales y sitios web la eliminación de contenidos violentos. Tal como detalla el artículo correspondiente, "la justicia podrá ordenar por auto fundado, a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, la supresión de contenidos que constituyan un ejercicio de la violencia digital".

 

Para asegurar que estas medidas sean efectivas, la ley establece que se debe identificar con precisión el contenido a eliminar. La resolución judicial deberá incluir la URL específica del material a remover, lo que permite una intervención más puntual y eficaz. Además, se faculta a los jueces a suspender el derecho del agresor a comunicarse digitalmente, interviniendo sus canales de comunicación por medio de tecnologías de la información.

 

Preservación de pruebas y prevención de futuras agresiones

Otro aspecto fundamental de la nueva legislación es la preservación de la evidencia digital. La ley establece que la evidencia relacionada con el hostigamiento virtual debe ser resguardada de manera diligente y expedita por cuerpos de investigación especializados.

 

La ley también obliga a las empresas tecnológicas a colaborar en el aseguramiento de los datos relacionados con el tráfico y contenido de los materiales suprimidos. Esta colaboración se extenderá durante un periodo inicial de 90 días, lo que garantiza que las pruebas no sean alteradas o eliminadas antes de que se tomen las medidas judiciales pertinentes.

 

En cuanto a la prevención, la Ley N° 11.249 también establece la creación de un programa destinado a sensibilizar a la comunidad sobre la violencia digital de género, sus consecuencias y los mecanismos de denuncia disponibles. Este programa tiene como objetivo promover un uso responsable de las tecnologías y fomentar una ciudadanía digital respetuosa, abarcando todo el territorio de la provincia de Entre Ríos. Con esta medida, se busca crear un entorno más seguro para las mujeres y personas de la comunidad LGTBIQ+ que puedan estar expuestas a agresiones en línea.

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