REDACCIÓN ELONCE
Pocos días faltan para el próximo fin de semana largo en la Argentina, donde se estableció que el descanso dure cuatro días, aunque muchos no podrán ser beneficiados, debido a un ajuste con un día puente hacia el feriado.
Según lo establecido por el Gobierno nacional a través de la Resolución 164/2025, el tercer mes del año contará con un fin de semana largo de cuatro días consecutivos, lo que anticipa una nueva oportunidad para una escapada turística en distintos puntos del país.
El “mini-receso” se extenderá desde el sábado 21 hasta el martes 24 de marzo inclusive. La estructura del descanso surge de la combinación de un día no laborable con fines turísticos y un feriado nacional inamovible.
Esta modalidad forma parte de la estrategia oficial para distribuir los descansos a lo largo del año y fomentar el turismo interno, permitiendo a distintos sectores económicos, como hotelería, transporte y gastronomía, anticipar demanda y organizar su actividad con mayor previsibilidad.
Sin embargo, el lunes 23 de marzo, fue declarado día no laborable con fines turísticos, por lo que muchos empleadores deciden que sus empleados trabajen debido a que no existe ninguna obligación.
Caso contrario sucede con el 24 de marzo, día en el que sí es feriado inamovible por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Día no laborable y feriado: qué cambia para trabajadores
Aunque el fin de semana largo será de cuatro días, no todas las jornadas tienen el mismo encuadre legal. El lunes 23 de marzo, al tratarse de un día no laborable con fines turísticos, queda sujeto a la decisión del empleador.
Esto significa que cada empresa o actividad puede optar por otorgar el día libre o mantener la actividad habitual. En caso de que se trabaje ese lunes, no corresponde el pago doble ni un adicional específico, ya que no se trata de un feriado nacional obligatorio.
Distinta es la situación del martes 24 de marzo. Esa fecha es un feriado nacional inamovible, por lo que rigen las normas habituales establecidas en la Ley de Contrato de Trabajo. En términos generales, el descanso es obligatorio y, si el trabajador presta servicios ese día, debe percibir la remuneración correspondiente con el recargo legal, es decir, el pago doble de la jornada.
Feriados y el próximo fin de semana largo
El fin de semana largo de marzo se integra a un esquema más amplio que prevé 12 fines de semana extendidos a lo largo de 2026. Con excepción de enero y septiembre, el resto de los meses contará con al menos un período de descanso prolongado.
Tras el receso de marzo, el próximo fin de semana largo de cuatro jornadas consecutivas será durante el mes de abril, cuando coincidan el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, el jueves 2 de abril, con el Viernes Santo el 3 de ese mismo mes.
Posteriormente, el calendario de feriados continuará con el Día del Trabajador el viernes 1º de mayo y la Revolución de Mayo el lunes 25, ambos generarán descansos de tres días.
Fines de semana largos confirmados en 2026
- 2 al 5 de abril: Malvinas + Semana Santa (4 días)
- 1 al 3 de mayo: Día del Trabajador (3 días)
- 23 al 25 de mayo: Revolución de Mayo (3 días)
- 13 al 15 de junio: Güemes (3 días)
- 9 al 12 de julio: Independencia + día no laborable (4 días)
- 15 al 17 de agosto: San Martín (3 días)
- 10 al 12 de octubre: Diversidad Cultural (3 días)
- 21 al 23 de noviembre: Soberanía Nacional (3 días)
- 5 al 8 de diciembre: Inmaculada Concepción + día no laborable (4 días)
- 25 al 27 de diciembre: Navidad (3 días)
Cuáles son los días no laborables con fines turísticos
El Gobierno decretó como días no laborables con fines turísticos para 2026:
-Lunes 23 de marzo
-Viernes 10 de julio
-Lunes 7 de diciembre
Estas fechas buscan extender los descansos y fomentar el movimiento turístico en distintos puntos del país.
Todos los feriados y días no laborables de 2026, mes a mes
Marzo
-Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos.
-Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
-Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable).
-Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
-Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
-Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
-Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable; se conmemora el 17).
-Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
-Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
-Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos.
Agosto
-Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable).
Septiembre
-Sin feriados nacionales.
Octubre
-Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
Noviembre
-Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado desde el viernes 20).
Diciembre
-Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos.
-Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
-Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).