Cada 2 de octubre se celebra en Argentina el Día del Trabajador de Edificios, una fecha destinada a reconocer la labor de encargados y trabajadores de propiedad horizontal. La jornada tiene, además, una particularidad laboral: para el personal alcanzado por el convenio colectivo de la actividad, es considerada feriado.
Así lo establece el artículo 13 del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10, que fija el 2 de octubre de cada año como Día del Trabajador de Propiedad Horizontal.
De esta manera, la fecha no representa únicamente una conmemoración para quienes diariamente realizan tareas de mantenimiento, limpieza, conservación y funcionamiento de los edificios, sino que tiene efectos concretos sobre su jornada laboral.
Qué pasa con los trabajadores el 2 de octubre
De acuerdo con lo establecido en el convenio de la actividad, durante el Día del Trabajador de Edificios el personal tiene franco total de servicio.
Asimismo, la normativa establece que, si el trabajador presta servicios durante esa jornada, debe recibir el pago correspondiente con tratamiento de feriado, independientemente de su remuneración habitual.
Por este motivo, durante el 2 de octubre puede modificarse el funcionamiento habitual de los edificios y consorcios. Las tareas y servicios deberán organizarse teniendo en cuenta las condiciones laborales previstas para la jornada.
Es importante aclarar que no se trata de un feriado nacional para toda la población, sino de una jornada contemplada específicamente para los trabajadores alcanzados por el convenio de la actividad.
Por qué se conmemora el Día del Trabajador de Edificios
La elección del 2 de octubre está relacionada con la historia de la organización sindical del sector. La fecha recuerda la constitución, en 1942, de la entidad gremial que nucleó a los trabajadores de edificios y que posteriormente dio lugar al actual Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH).
Desde entonces, la jornada quedó vinculada al reconocimiento de encargados y otros empleados que desarrollan sus tareas en edificios de propiedad horizontal.
Entre sus funciones habituales se encuentran la limpieza y conservación de espacios comunes, el mantenimiento general y diferentes labores necesarias para el funcionamiento cotidiano de los inmuebles.
Al tratarse de una jornada de descanso para el personal comprendido por el convenio, este 2 de octubre algunos edificios podrán presentar modificaciones en sus servicios habituales.
En aquellos casos en los que resulte necesario que el trabajador cumpla tareas, deberá aplicarse el régimen de remuneración establecido para la fecha.