REDACCIÓN ELONCE
Suspendieron un “after” que se desarrollaba este domingo en una quinta de barrio Toma Nueva de Paraná; fue tras la intervención de inspectores de Control Urbano y efectivos de comisaría decimocuarta, tras recibir denuncias por ruidos molestos y constatar que el evento no contaba con habilitación municipal.
El procedimiento se realizó alrededor de las 14, luego de que la Policía diera aviso a la repartición municipal por reiterados reclamos de vecinos. Los agentes se dirigieron a calle Jozami al 1400 -en inmediaciones al camping del Sindicato de Camioneros- donde detectaron música a muy alto volumen y la presencia de unas 40 a 50 personas, además de varios vehículos estacionados en el lugar.
Evento no habilitado
Al respecto, el responsable del área municipal de Fiscalización, Control Urbano y Actividades Comerciales, Héctor Bergara, explicó a Elonce que “se los intimó a bajar el volumen y, al comprobar que se trataba de una convocatoria organizada, se procedió a suspenderla”.
El funcionario destacó que no hubo resistencia por parte de los asistentes durante la clausura del "after". “Se retiraron sin inconvenientes e incluso el DJ se fue del lugar. Todo se desarrolló con normalidad”, aclaró.
Además, indicó que si bien no pudieron constatar el cobro de entrada, “daba la sensación de que sí”, ya que había un DJ y una organización previa por redes sociales.
Multas y sanciones
Bergara remarcó que la infracción se encuadró en la Ordenanza 8615, que regula las habilitaciones comerciales. “Se labró el acta, se identificó a un responsable y hoy se elevan las actuaciones al Juzgado de Faltas”, señaló.
Según precisó, la normativa establece sanciones que van desde 400 hasta 5.000 unidades fijas. “Una unidad fija equivale a un litro de nafta, por lo que el piso ronda los 300 o 400 mil pesos y puede llegar a cifras mucho mayores, dependiendo de la gravedad y si hay reincidencia”, explicó.
Requisitos para este tipo de eventos
Bergara aclaró que algunos “after” pueden ser habilitados, pero deben cumplir condiciones estrictas. “El horario es particular, ya que se desarrollan de día, y el lugar debe estar alejado de zonas residenciales. Además, los niveles de sonido deben ser adaptables al entorno”, afirmó. En este caso, sostuvo que había viviendas cercanas y que el volumen “sobrepasaba ampliamente los parámetros permitidos”.
La ordenanza establece que dentro del predio el sonido no puede superar los 70 decibeles y, hacia el exterior, no debe exceder los 45. “Eso garantiza que no tiemblen los vidrios ni se altere el descanso de los vecinos. Aquí esos valores estaban claramente superados”, indicó.