Un hombre que cayó de una escalera mientras colocaba banderines para un evento religioso obtuvo una sentencia que condenó a una iglesia evangélica de Neuquén a indemnizarlo con $115 millones. El accidente le provocó una fractura compleja en un pie y secuelas permanentes. La institución apeló la decisión, que aún no está firme.
El hecho ocurrió en un establecimiento ubicado en avenida Olascoaga y Purmamarca, en la capital neuquina. Según relató el damnificado en su demanda, colaboraba con los preparativos cuando la escalera se desplazó y cayó al suelo.
La lesión requirió una operación en la que le colocaron material de osteosíntesis para estabilizar la fractura. Después de la intervención, debió atravesar un período prolongado de reposo y recuperación.
El defecto de la escalera que evaluó el juez
El caso fue analizado por Javier Alarcón, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de Neuquén. Uno de los puntos centrales del expediente fue determinar qué había provocado el desplazamiento de la escalera.
A partir de la declaración de una persona que presenció el accidente, el magistrado estableció que faltaban las gomas antideslizantes en la base. Consideró que ese defecto comprometía la seguridad de la estructura y había sido determinante en la caída.
El juez también señaló que no se había comprobado si el colaborador sabía utilizar correctamente la escalera. Al valorar las pruebas, concluyó que no había elementos suficientes para atribuirle al damnificado la responsabilidad por lo ocurrido en la iglesia.
Una incapacidad permanente del 30%
La pericia médica incorporada al proceso determinó que el hombre quedó con una incapacidad física permanente del 30%. El informe permitió evaluar las limitaciones derivadas de la fractura y sus consecuencias sobre el trabajo y las actividades cotidianas.
En su presentación, el demandante también sostuvo que había afrontado los gastos médicos y farmacéuticos sin recibir ayuda económica de la institución religiosa durante su recuperación.
Para calcular la reparación, el magistrado tomó en cuenta los ingresos que tenía al momento del accidente y su actualización mediante la evolución del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
La sentencia fue apelada
La indemnización contempló la incapacidad física, los gastos médicos y farmacéuticos, los tratamientos futuros y el daño extrapatrimonial, relacionado con las consecuencias del accidente en su vida personal.
Con esos elementos, el juzgado fijó una reparación de $115 millones a cargo de la iglesia evangélica. La resolución responsabilizó a la institución por los daños sufridos durante las tareas de preparación del evento.
La entidad religiosa presentó una apelación contra el fallo. Por ese motivo, la condena indemnizatoria continúa sujeta a revisión y no constituye una sentencia firme.