El Gobierno nacional aprobó la estructura organizativa de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), el organismo creado este año para administrar la cobertura médica del personal de las fuerzas federales. La medida fue oficializada mediante el Decreto 587/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La norma establece el funcionamiento administrativo de la nueva obra social, define su organigrama de primer y segundo nivel operativo y fija la jerarquía de las autoridades que conducirán el organismo.
La OSFFESEG había sido creada en febrero pasado por el Decreto 88/2026 como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional. Con esta nueva disposición, el Poder Ejecutivo completó uno de los pasos necesarios para su puesta en funcionamiento.
Cómo quedará organizada
El decreto dispone que el presidente del Directorio tendrá rango y jerarquía de Secretario de Estado, mientras que los otros cuatro integrantes del cuerpo tendrán rango de Subsecretario.
Además, se aprobaron las estructuras operativas que comprenderán las distintas gerencias, subgerencias y áreas técnicas encargadas de la administración de la obra social, conforme a los organigramas incorporados como anexos de la norma.
El objetivo, según los fundamentos del decreto, es dotar al organismo de una estructura que permita su funcionamiento bajo criterios de "desburocratización, eficiencia y eficacia".
También fijó el esquema de remuneraciones
La normativa establece que los titulares de las gerencias percibirán una remuneración equivalente al 65% del salario del presidente del Directorio, mientras que los subgerentes cobrarán el 50% de ese haber.
Asimismo, el responsable de la Unidad de Auditoría Interna recibirá una remuneración equivalente a la de un gerente.
El decreto no informa los montos salariales, sino que fija la relación porcentual entre los distintos cargos jerárquicos.
No modifica la cobertura médica
La medida tiene un carácter estrictamente organizativo y administrativo, por lo que no introduce cambios en las prestaciones médicas, los aportes ni las condiciones de cobertura para los afiliados.
El texto oficial también establece que los gastos derivados del funcionamiento de la nueva estructura serán afrontados con el presupuesto asignado a la propia obra social y que el decreto entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.