Policiales Las instrucciones a los ciudadanos

El juez al jurado del primer juicio: "Deben decidir de acuerdo a las pruebas"

En el inicio de la audiencia, el juez brindó al jurado, las primeras instrucciones de su función. "No deben decidir en base a chismes, rumores, o notas periodísticas. Tampoco deben dar razones de su decisión", remarcó. Los detalles
Comenzó esta mañana en los tribunales de la capital entrerriana, el primer juicio por jurados en la provincia. Se trata de la causa por el homicidio de Milton Luna de 25 años, que fue asesinado a balazos en abril de este año en Paraná. El acusado es Carlos Iván Caminos.
Con la presencia de 12 ciudadanos titulares, tres suplentes y la ausencia de la jurado suplente Nº14, se inició la audiencia que encabeza el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Pablo Vírgala, confirmó Elonce.
"Culpable o no culpable"
Las audiencias del juicio se desarrollarán entre el miércoles y el viernes que se conocerá el veredicto: "culpable o no culpable" y deberá ser por unanimidad. En caso de que el jurado no esté de acuerdo en su totalidad, se deberá llevar adelante una nueva discusión.
Por el Ministerio Público Fiscal participan los fiscales Santiago Brugo y Juan Malvasio; el abogado Javier Aiani patrocina al acusado y como querellante está el abogado Javier José Francisco Barbagelata Xavier.
Palabras del juez
En el inicio de la audiencia, el juez Pablo Vírgala, brindó al jurado de 15 ciudadanos, las primeras instrucciones de sus funciones, ya que según consideró "sin dudas, es un hecho histórico que se realice el primer juicio por jurados en Entre Ríos", resaltó.
"En lo que a nosotros concierne, nuestro trabajo será, bregar para que el imputado Caminos tenga un juicio justo y se respeten todas sus garantías. Y así se va a hacer", remarcó.
Instrucciones iniciales
"Ustedes deben saber que en este juicio, no se investiga nada porque ya se investigó. Lo que ustedes van a ver, son las pruebas con las que llega la Fiscalía, la defensa y eventualmente, la querella al juicio. Sobre las pruebas que ustedes vean, es que van a tener que dictar su veredicto".

"Deben saber que ustedes, han sido seleccionados para juzgar y han prestado juramento para ser el jurado que juzgue el caso que se sigue contra Carlos Iván Caminos, quien está acusado del delito de Homicidio Simple Agravado por el empleo de arma de fuego".

"Tienen la solemne responsabilidad de determinar si la fiscalía ha probado sus acusaciones, más allá de toda duda razonable, contra Carlos Iván Caminos".

"El veredicto de ustedes debe basarse únicamente en la prueba o en la inexistencia de la prueba y en la ley. La acusación de la Fiscalía no es prueba y no debe ser considerada por ustedes, como prueba de culpabilidad".

"No deben prejuzgar que alguna de las partes, les están mintiendo, ya que se van a observar que las partes, sobre un mismo hecho, van a presentarles alegatos distintos y cada quien va a interpretar la prueba, según sus pretensiones, eso es normal que suceda".

"Ustedes como jurado, van a decidir los hechos y de acuerdo a ello, definir si el imputado es culpable o no culpable y yo como juez técnico va a dirigir este debate para intentar que el imputado tenga un juicio justo".

"Nadie puede interferir en su trabajo ni molestarlos, ustedes son soberanos y tienen inmunidad en esta corte".

"Las partes son las que van a mostrar las pruebas, no el juez. El juez no puede preguntar y tampoco ustedes como jurado. Solamente las partes pueden interrogar a los testigos. Deben estar atentos para que no tengan dudas".

"Deben guardar absoluta confidencialidad, no pueden utilizar celulares, tablets o computadoras para interiorizarse de este caso. No deben hablar con nadie y no deben recibir mensajes".

"Ustedes deben decidir en base a la prueba y no en base a chismes, rumores, o notas periodísticas. Deben decidir lealmente de acuerdo a las pruebas que vean en esta corte y sean presentadas por las partes".

"Deben saber que el imputado llega a este juicio como una persona inocente, porque la ley presume que todos somos inocentes hasta que una sentencia firme demuestre lo contrario, por eso, el imputado tiene todas las garantías, es decir, las mismas que ustedes. Hasta la sentencia condenatoria, el imputado es inocente".

"Deben saber que el imputado puede declarar o no, según lo prefiera, porque declarar es un derecho y no una obligación. Si decide no declarar, no puede constituir ninguna presunción en su contra. No pueden basar su veredicto a partir de lo que infieren que el imputado no declaró.
Y si declara, no está obligado a decir la verdad, ya que no comete un delito si niega un hecho o no declara la verdad. Esto es porque no presta juramento como los testigos".

"Deben saber que la duda es a favor del imputado, es decir, si ustedes no llegan a un veredicto unánime, y no están absolutamente convencidos de la culpabilidad o no culpabilidad de la persona, deben optar por la no culpabilidad. Para declarar culpable a una persona, deben estar absolutamente seguros".

El juez también hizo la lectura obligatoria del artículo 8 de la Ley de Juicio por Jurado de Entre Ríos. "Libertad de conciencia del jurado. Prohibición de represalias. El jurado es independiente, soberano e indiscutiblemente responsable por su veredicto, libre de cualquier amenaza del juez, del Gobierno, de cualquier poder o de las partes por sus decisiones. La regla del secreto de las deliberaciones y la forma inmotivada de su veredicto les aseguran a los jurados la más amplia libertad de discusión y de decisión, sin estar sujetos por ello a penalidad alguna, a menos que aparezca que lo hicieron contra su conciencia, o que fueron corrompidos por vía de soborno".

"Cuando determinen que el imputado es culpable o no culpable, ustedes no deben dar razones de sus dichos. El jurado popular no debe dar razones, a diferencia del juez. Las razones nadie las va a saber y las deliberaciones son secretas y no pueden trascender". Elonce.com
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