Sociedad

Rompió su auto al pasar por unos baches y deberán indemnizarlo

En Mar del Plata, la Cámara de Apelación revocó un fallo previo y ordenó indemnizar a un conductor por los daños sufridos en su auto tras caer en baches ocultos por agua.

25 de Marzo de 2026
Recibirá indemnización por daños en su vehículo al pasar por baches Ilustrativa

Un hombre recibirá una indemnización al obtener un fallo favorable tras un prolongado proceso judicial por los daños sufridos en su vehículo debido a baches en una calle en Mar del Plata. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó la sentencia de primera instancia y ordenó indemnizarlo, responsabilizando al municipio, a la empresa de servicios de agua y a la aseguradora.

 

El hecho se remonta al 25 de julio de 2020, cuando el conductor circulaba durante una jornada lluviosa y su vehículo impactó contra dos baches consecutivos ocultos bajo el agua. Como consecuencia, el automóvil sufrió daños en neumáticos, amortiguadores y la suspensión, lo que derivó en costosas reparaciones.

 

Reclamos sin respuesta y primera sentencia adversa

Según consta en el expediente, el damnificado denunció el hecho ante las autoridades municipales y la empresa responsable del servicio de agua, acompañando fotografías, facturas y documentación que acreditaban los daños. Sin embargo, no obtuvo respuestas satisfactorias.

 

En una primera instancia, la Justicia rechazó la demanda al considerar que no se había probado de manera suficiente el vínculo directo entre el estado de la calle y los daños en el vehículo, en parte por la falta de testigos presenciales.

 

Ante esta situación, el conductor apeló la resolución y cuestionó la valoración de las pruebas, argumentando que existían registros oficiales que confirmaban el deterioro de la calzada y la falta de reparación tras intervenciones en la red de agua.

 

La Cámara reconoció la responsabilidad

Al revisar el caso, la Cámara concluyó que existían elementos suficientes para acreditar la relación entre el accidente y el mal estado de la vía pública. Entre las pruebas valoradas se incluyeron actas municipales, sanciones a la empresa y documentación que evidenciaba el riesgo generado en la zona.

 

El tribunal sostuvo que tanto el municipio como la empresa prestataria incumplieron sus obligaciones: la primera, por no garantizar el mantenimiento y la señalización de la calle, y la segunda, por no reparar los daños ocasionados tras obras en la red.

 

Asimismo, descartó que hubiera existido imprudencia por parte del conductor.

 

Indemnización y alcance del fallo

En su resolución, la Cámara dispuso que las partes demandadas deberán indemnizar al damnificado por los gastos comprobados de reparación del vehículo, así como por daño moral, vinculado a las molestias y perjuicios sufridos.

 

Se resolvió reconocer los gastos efectivamente comprobados en reparaciones, como la adquisición de una cubierta usada y amortiguadores, y ordenó que el monto sea actualizado al momento de la liquidación, según presupuestos actualizados. El reclamo por dos cubiertas nuevas comprado más de dos años después del incidente fue desestimado, al considerar que el intervalo temporal permitía presumir otros motivos de desgaste ajenos al accidente.

 

El tribunal también hizo lugar al reclamo por daño moral, considerando los trastornos derivados de la imposibilidad de utilizar el vehículo, las molestias por la falta de respuesta a los reclamos y el impacto emocional generado por el siniestro y la posterior desatención de las partes demandadas. En este caso, la suma reconocida fue el equivalente en pesos a 150 dólares estadounidenses, cifra que deberá convertirse a moneda local al momento de la liquidación definitiva.

 

En tanto, rechazó el pedido de daño punitivo al considerar que no correspondía en este tipo de casos.

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