La reforma laboral para empleadas domésticas introdujo una serie de modificaciones que impactan sobre el régimen de trabajo en casas particulares regulado por la Ley 26.844. Aunque el sector continúa excluido de la Ley de Contrato de Trabajo y mantiene un sistema especial, la nueva normativa modificó aspectos vinculados con el período de prueba y la actualización de créditos laborales. A ello se suman nuevas obligaciones administrativas, como la implementación del recibo de sueldo digital y la vigencia de las escalas salariales actualizadas desde julio de 2026.
En este escenario, quienes emplean personal doméstico deben continuar cumpliendo con todas las obligaciones previstas por la legislación vigente, que incluyen la registración de la relación laboral, el pago de aportes y contribuciones, la contratación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y el respeto de los salarios mínimos establecidos para cada categoría.
El objetivo de las modificaciones es actualizar algunos aspectos del régimen sin alterar su condición de sistema especial, que continúa regulando de manera específica las relaciones laborales en casas particulares.
Qué cambió con la reforma laboral
Entre las principales modificaciones incorporadas por la reforma laboral se encuentra la ampliación del período de prueba para el personal de casas particulares.
Durante ese lapso, tanto el empleador como la trabajadora pueden evaluar la continuidad de la relación laboral bajo las condiciones previstas por la normativa. Una vez finalizado ese período, comienzan a regir plenamente los derechos vinculados con la estabilidad laboral y las reglas generales sobre indemnizaciones.
Otro de los cambios incorporados está relacionado con la actualización del sistema de cálculo de los créditos laborales, que será aplicable en eventuales reclamos judiciales derivados de la relación de trabajo. Sin embargo, la Ley 26.844 continúa siendo la norma que regula la actividad y mantiene las disposiciones específicas para este sector.
Las obligaciones que siguen vigentes
Más allá de las modificaciones introducidas por la reforma, los empleadores deben seguir cumpliendo con todas las obligaciones previstas por el régimen especial de casas particulares.
Entre ellas se encuentran registrar la relación laboral desde el primer día, inscribir a la trabajadora mediante el servicio "Casas Particulares" de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), asignar correctamente la categoría laboral según las tareas desempeñadas y respetar los salarios mínimos vigentes.
También continúa siendo obligatorio emitir mensualmente el recibo oficial de sueldo, pagar la remuneración dentro de los plazos establecidos, ingresar los aportes jubilatorios, las contribuciones patronales y la obra social, contratar una ART y otorgar vacaciones, licencias, descansos y el Sueldo Anual Complementario (SAC).
Estas obligaciones alcanzan incluso a quienes contratan personal por pocas horas semanales o cuando la trabajadora presta servicios para más de un empleador, ya que cada uno debe efectuar su propia registración y realizar los aportes correspondientes.
Registración, aportes y recibo digital
La registración de la empleada doméstica continúa siendo uno de los requisitos centrales del régimen. El trámite debe realizarse a través del servicio "Casas Particulares" disponible en ARCA mediante Clave Fiscal.
En ese procedimiento deben informarse la fecha de ingreso, la categoría laboral, la modalidad con retiro o sin retiro, la cantidad de horas trabajadas, la remuneración acordada y los datos personales de la trabajadora.
La registración permite acceder a la obra social, sumar aportes previsionales, contar con cobertura frente a accidentes laborales y acreditar ingresos para distintos trámites administrativos.
Por otra parte, el empleador debe ingresar mensualmente el aporte jubilatorio, la contribución patronal, la obra social y la cobertura de la ART. Los montos varían según la cantidad de horas trabajadas y deben abonarse dentro de los plazos establecidos por ARCA, informó Iprofesional.
Finalmente, durante 2026 comenzó a implementarse el recibo de sueldo digital obligatorio. A partir de la Resolución General 5850/2026 de ARCA, el comprobante debe confeccionarse mediante el servicio "Casas Particulares", donde se registran la remuneración, adicionales, descuentos y aportes. Aunque el salario puede abonarse por distintos medios habilitados, el recibo electrónico debe imprimirse por duplicado para que tanto el empleador como la trabajadora conserven un ejemplar firmado.