Reforma laboral es el eje de una nueva disputa judicial luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 admitiera la demanda colectiva presentada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) contra dos artículos de la Ley de Modernización Laboral. La resolución habilitó el avance del proceso que cuestiona, entre otros puntos, la posibilidad de pagar las indemnizaciones laborales en cuotas y el nuevo régimen de responsabilidad de los abogados en los juicios laborales.
La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, quien reconoció formalmente la legitimación del Colegio Público para actuar en representación de todos los abogados matriculados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que litigan en el fuero laboral.
El fallo no resolvió todavía el planteo de fondo sobre la constitucionalidad de la norma, pero permitió que la acción continúe como un proceso colectivo, un aspecto considerado central por los impulsores de la demanda.
Qué artículos cuestiona el Colegio Público de Abogados
La presentación judicial apunta específicamente contra los artículos 10 y 56 de la Ley de Modernización Laboral. El primero incorpora la figura de la "pluspetición inexcusable", mediante la cual los abogados podrían ser responsabilizados solidariamente por las costas judiciales cuando se considere que reclamaron montos desproporcionados en una demanda laboral.
Desde el Colegio Público sostienen que esa disposición afecta el libre ejercicio de la profesión y condiciona la tarea de quienes representan a trabajadores en conflictos judiciales.
El segundo artículo impugnado habilita que las condenas laborales y, en consecuencia, los honorarios profesionales, puedan abonarse en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para pequeñas y medianas empresas.
Según la entidad, ese mecanismo vulnera el derecho de los abogados a percibir una retribución justa y genera un trato desigual respecto de otros fueros judiciales, donde los pagos continúan realizándose de manera inmediata.
El juez reconoció la legitimación del Colegio
Uno de los aspectos centrales de la resolución fue el reconocimiento del Colegio Público de Abogados como representante válido del colectivo alcanzado por la demanda.
Para fundamentar esa decisión, el magistrado aplicó la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia en el precedente conocido como "Halabi", referido a la tutela de los llamados intereses individuales homogéneos.
El juez entendió que existe un grupo claramente identificado —los abogados matriculados que actúan en el fuero laboral— afectado por una misma norma jurídica y, por lo tanto, susceptible de ser representado colectivamente.
Asimismo, consideró que el Colegio no solo administra la matrícula profesional, sino que también tiene entre sus funciones la defensa del ejercicio de la abogacía y de los derechos de sus matriculados. Esa interpretación permitió validar la capacidad procesal de la institución para promover el juicio sin necesidad de que cada profesional presente una demanda individual.
La causa seguirá de manera independiente
Otro punto relevante del fallo fue la decisión de mantener este expediente separado del amparo iniciado previamente por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El magistrado explicó que ambos procesos persiguen objetivos distintos y representan colectivos diferentes, por lo que no corresponde acumularlos.
Mientras la central obrera cuestiona la reforma desde la perspectiva de los derechos de los trabajadores, el Colegio Público de Abogados centra su reclamo en las consecuencias que las nuevas disposiciones tienen sobre el ejercicio profesional y el régimen de honorarios.
La autonomía de ambos procesos permitirá que cada uno avance con sus propios fundamentos jurídicos y pruebas, sin que una causa absorba a la otra.
Qué efectos puede tener el proceso
Tras la resolución, la causa quedó inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia. Ese paso implica que la sentencia definitiva que eventualmente dicte el juez tendrá efectos generales para todos los abogados matriculados comprendidos por la acción, sin necesidad de iniciar demandas individuales, indicó Iprofesional.
En consecuencia, el pronunciamiento que adopte la Justicia sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados podría impactar directamente en la aplicación de la reforma laboral respecto del pago de indemnizaciones en cuotas y del régimen de responsabilidad profesional de los abogados que intervienen en litigios laborales.
De esta manera, la reforma laboral enfrenta un nuevo capítulo judicial que podría tener consecuencias sobre aspectos centrales de la Ley de Modernización Laboral y su implementación en los tribunales laborales del país.