La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos resolvió prohibir de manera inmediata y absoluta toda quema de residuos en el basural a cielo abierto de Sauce de Luna, departamento Federal, e inició un procedimiento sumarial contra la Municipalidad por presuntos incumplimientos a la legislación ambiental vigente. La medida fue oficializada mediante la Resolución Nº 391, publicada en el Boletín Oficial de la provincia.
La resolución alcanzó al predio de disposición final de residuos sólidos urbanos de la localidad y también a sus inmediaciones. Además, ordenó que el municipio adopte las medidas de vigilancia y control necesarias para evitar focos ígneos, ya sean de origen intencional o accidental.
La decisión se fundamentó en inspecciones técnicas, denuncias y actuaciones administrativas que dieron cuenta de la persistencia de quemas de residuos y de la falta de adecuación ambiental del sitio.
Inspecciones, denuncias y riesgo ambiental
Según detalló la Secretaría de Ambiente, durante una inspección realizada el 16 de diciembre de 2025 se constató la presencia de rastros de actividad ígnea, vuelco de residuos a cielo abierto y escasas o nulas medidas de contención y control ambiental.
A ello se sumó una actuación impulsada por la Defensoría del Pueblo de la Nación, que investiga el impacto ambiental y sanitario del basural. En ese expediente también se incorporó material audiovisual presentado por una vecina, María José Etcheverry, que evidenciaría la continuidad de las quemas, incluida una registrada el 5 de junio de este año.
El organismo provincial sostuvo que, pese a las sucesivas intimaciones y requerimientos técnicos, no surgía de las actuaciones que la Municipalidad hubiera cumplido con las observaciones formuladas ni presentado la documentación requerida para avanzar en la adecuación del predio.
Plazos para presentar planes y ejercer la defensa
Además de prohibir las quemas, la Secretaría resolvió iniciar un procedimiento sumarial para determinar la eventual responsabilidad administrativa del municipio por presuntas infracciones a la Ley Provincial Nº 10.311 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, la Ley Nacional Nº 25.916 y la Ley General del Ambiente Nº 25.675.
La Municipalidad de Sauce de Luna contará con un plazo de diez días hábiles para presentar su descargo y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. En caso de no hacerlo, el procedimiento continuará con las constancias ya incorporadas al expediente y podrían aplicarse las sanciones previstas por la normativa.
Asimismo, la resolución intimó al municipio a presentar, en un plazo de 20 días, un Plan de Prevención y Mitigación de Incendios, que deberá incluir medidas concretas, cronograma de ejecución, responsables y mecanismos de monitoreo.
En ese mismo plazo también deberá elaborar un Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, con metas para reducir el vuelco de residuos, controlar plagas y adecuar técnica y ambientalmente el sitio de disposición final conforme a la normativa vigente.
Desde la Secretaría de Ambiente señalaron que las medidas adoptadas responden al deber de prevenir la continuidad o el agravamiento del daño ambiental y de proteger tanto el ecosistema como la salud de la población, en aplicación de los principios preventivo y precautorio establecidos por la legislación ambiental nacional y provincial.