Sociedad

Crean un registro para reubicar a monotributistas ante la baja de obras sociales y prepagas

La Superintendencia creó un registro para reubicar monotributistas sin cobertura, garantizando continuidad en salud tras bajas de obras sociales o prepagas del sistema.

19 de Marzo de 2026
Buscan garantizar la cobertura de los monotributistas

La Superintendencia de Servicios de Salud publicó en el Boletín Oficial la Resolución 492/2026, que incorpora una sección especial dentro del Registro de Agentes de Salud destinada a aquellas entidades que manifiesten su voluntad de recibir afiliados monotributistas provenientes de Obras Sociales o Prepagas dadas de baja por el organismo.

 

La inscripción en esta sección implica el compromiso expreso de incorporar a estos afiliados, garantizando la continuidad de su cobertura. Podrán inscribirse los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren activos en el sistema, registrados conforme al artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 y que no estén sujetos a procedimientos de crisis.

 

La medida se enmarca en los criterios establecidos por el Decreto 1400/2001, que regula la distribución de beneficiarios cuando una entidad es dada de baja, y fija los parámetros para su reasignación entre los agentes que acepten incorporarlos.

Es importante destacar que esta disposición aplica exclusivamente a monotributistas. En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se mantiene el derecho a ejercer la opción de cambio a través de la web de la Superintendencia, pudiendo elegir libremente entre las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).

 

El objetivo central es garantizar que los afiliados no pierdan en ningún momento su cobertura de salud. En este sentido, la Superintendencia continúa avanzando en el ordenamiento del sistema, promoviendo la competencia, la transparencia y la libertad de elección.

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