El gobierno nacional envió al Congreso la “Ley Hojarasca”, el proyecto impulsado por Federico Sturzenegger desde 2024 que propone la eliminación de más de 70 normas a las cuales considera “obsoletas o superadas”.
En el proyecto, el Gobierno segmentó las leyes según el motivo por el cual las quiere dar de baja y las dividió entre: “Obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo; las que afectan a libertades individuales; las englobadas por legislaciones posteriores más completas y modernas; las que cuya derogación implica un avance en la desburocratización; las que remiten a procesos inexistentes u organismos disueltos; y aquellas sobre organismos para integrantes del sector público, financiados con fondos públicos nacionales”.
“Sea porque son meramente declamativas, las circunstancias históricas en las que fueron dictadas quedaron en el pasado, esas regulaciones han sido superadas por leyes posteriores o por los cambios que experimentó la sociedad en lo tecnológico o social, existe una enorme cantidad de leyes que actualmente aparecen como vigentes pero que ya no tienen aplicación práctica alguna. Algunas nunca la tuvieron”, argumentaron desde el Ejecutivo, que indicó: “Los derechos no requieren leyes”.
En 2024, cuando Sturzenegger impulsó el proyecto, el Gobierno declaró que la prioridad de la Ley Hojarasca era derogar aquellas legislaciones que “afectan las libertades individuales” y enumeró las que consideró más destacables para eliminar. Entre ellas, mencionó a la Ley 14.034, promulgada en 1951, bajo el gobierno de Juan Domingo Perón, que establece: “Será reprimido con prisión de cinco a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua, el argentino que por cualquier medio propiciare la aplicación de sanciones políticas o económicas contra el Estado argentino“.
Al respecto, el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado afirmó: “Esta ley prohíbe la defensa de los derechos humanos de la sociedad argentina en los foros internacionales”.
También intentará suprimir la Ley 18.312, de 1969, que impone la creación de un fondo para el desarrollo de la producción de papel prensa y de celulosa. En este caso, desde el Ejecutivo señalaron que “busca restringir la libertad de expresión”.
El Gobierno incluyó además dos legislaciones del gobierno de Alejandro Lanusse, que también consideró que atentan contra la libertad individual. Por un lado, agregó a la Ley 19.787, que, según el Ejecutivo, “restringe la elección de temas musicales en la programación de radios” y la Ley 20.120, que “hablita al Estado a prohibir reuniones privadas entre ciudadanos”.
Asimismo, también añadió la Ley 20.959, de 1975, que le otorga a senadores y diputados de la Nación libre circulación y libre estacionamiento. De esta manera, Sturzenegger apuntó: “Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática”.
Entre las más destacadas, el Gobierno también quiere eliminar la Ley 26.688, aprobada durante el segundo mandato de Cristina Kirchner, que declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos, considerándolos bienes sociales. El Ejecutivo argumentó que la reglamentación de la legislación no impone acciones concretas, indica La Nación.
Las leyes que el Gobierno buscará eliminar con el proyecto
Superadas por normas posteriores: 94, 3863, 16.789, 20.400, 20.843, 21.778, 22.109, 23.678 y 24.675
Obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología, economía o paso del tiempo: 448, 3235, 16.879, 18.569, 19.648, 20.114, 20.577, 21.895, 23.756 y 23.888
Afectan libertades individuales: 14.034, 18.312, 19.787, 20.120, 20.802, 20.959, 20.983, 22.875 y 22.964.
Aquellas cuya derogación implica un avance en el proceso de desburocratización: 14.041, 14.800, 17.752, 19.340, 19.363, 20.308, 20.496, 20.876, 21.056, 21.145, 21.159, 22.426, 22.963 –ciertos artículos-, 23.419, 23.634, 24.057, 24.127, 24.298, 24.960, 25.750, 26.227, 26.688 y 27.171.
Remiten a procesos inexistentes u organismos disueltos: 11.245, 11.380, 12.307, 13.521, 14.578, 17.584, 20.085, 20.299, 20.327, 20.543, 20.956, 23.671 y 24.731, y el Decreto de Ley 12.795/44 y el Decreto 1.262 del 22 de mayo de 2003.
Leyes sobre organismos para integrantes del sector público, financiados con fondos públicos nacionales: 20.984 y 24.807.