Un joven de 22 años firmó un abreviado con pena condicional por ocho graves hechos cometidos con arma de fuego en barrio Macarone de la ciudad de Paraná. El acuerdo se presentó este viernes 6.
Las partes acordaron, con el consentimiento del acusado y de las víctimas, la pena de tres años de prisión condicional. Se tuvo en cuenta que todos los hechos fueron cometidos en un barrio populoso, a plena luz del día e incluso en inmediaciones de una escuela en horario en que los alumnos asisten a la misma o se retiran. Incluso, en uno de los hechos un chico de 16 años que salía de la escuela recibió un disparo.
El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Mauricio Mayer, escuchó los argumentos de las partes y dará a conocer en el plazo de ley su resolución respecto del acuerdo de juicio abreviado que le presentaron las fiscales, Patricia Yedro y Valeria Vilchez, y el defensor, Claudio Berón, que asistió a Ángel Daniel Pérez, de 22 años, albañil, que fue acusado de ocho graves hechos cometidos con armas de fuego en barrio Macarone, en el noroeste de Paraná.
Las partes convinieron, a los efectos de concretar el pedido de pena, que el procedimiento de juicio abreviado presupone que el imputado acepte y reconozca su culpabilidad por los hechos atribuidos, entendiendo que aquello opera como un factor atenuante de la pena que se tiene en cuenta, especialmente a la hora de determinarla. También se consideró en sentido paliativo la “extrema vulnerabilidad, dada por su escasa instrucción y su problemática de consumo de estupefacientes y su corta edad”. En el acuerdo se señaló que “las víctimas han sido debidamente informadas sobre las calificaciones legales escogidas y sobre el monto de la pena acordado, presando su consentimiento”.
Como agravantes se evaluó que los hechos “han sido todos cometidos en un barrio populoso, caracterizado por la cercanía de las viviendas, a plena luz del día e incluso en inmediaciones de un establecimiento escolar justamente en horario en que quienes asisten al mismo se retiran. Asimismo, el hecho de que alguna de las armas utilizadas para cometerlos no fueron halladas, pese a los numerosos allanamientos practicados”.
El imputado deberá, de ser homologado el acuerdo, cumplir con normas de conducta por el mismo plazo de la condena, entre las que se destaca la “prohibición absoluta de acercarse al barrio Macarone de esta ciudad, en un radio de 500 metros a la redonda; prohibición absoluta de mantener contacto con las víctimas y/o sus familiares directos, por cualquier medio, personalmente y/o a través de interpósita persona; obligación de retirarse de cualquier lugar público donde se encuentren las víctimas y realizar tareas comunitarias en favor de alguna institución de bien público por el plazo de 96 horas globales”.
Los hechos cometidos
Los hechos enrostrados al imputado son ocho. Según el legajo, el primero ocurrió el 30 de enero de 2024, cuando en un allanamiento en barrio Macarone, sobre calle Dorrego al Oeste sin número de Paraná, se encontró una pistola calibre .22 LR, con un estuche cargador; una pistola Browing calibre .32 largo, con estuche cargador; un arma de fuego tipo revolver calibre 32 largo marca Doberman con numeración de serie suprimida en la base de la empuñadura y sin martillo, sin contar con la debida autorización legal para su tenencia".
El segundo hecho sucedió el 5 de abril de 2024, a las 15:10, cuando, con un arma de fuego cuyas características se desconocen, efectuó un número no determinado de disparos contra la casa de una mujer, sin lograr lesionar a persona alguna.
El tercer hecho se registró el 4 de mayo de 2024, a las 3 aproximadamente, cuando junto a Martin Aguirre, realizó un número no determinado de disparos hacia una casa con un arma que no fue hallada, sin lograr herir a los ocupantes de la misma.
El cuarto hecho sucedió el 20 de agosto de 2024, a las 18:30, cuando junto a Paulo Pérez y Saúl Pérez, comenzaron sin motivo alguno a efectuar disparos con armas de fuego al menos doce disparos, en dirección a Avenida Laurencena y las balas impactaron en la vivienda de un hombre, “no lesionando a persona alguna si causando daño en dicha vivienda".
El quinto hecho tuvo lugar el 1 de septiembre de 2024, a las 21 aproximadamente, cuando junto a Paulo Pérez y Saúl Pérez, sin motivo alguno, dispararon con armas de fuego en dirección a la vivienda de la mujer que fue víctima del primer hecho, habiendo impactado al menos cuatro balas en el frente de tal vivienda, no lesionando a persona alguna.
El sexto hecho ocurrió el 7 de setiembre de 2024 a las 1.15 aproximadamente, cuando Emanuel Alejandro Santana, Pablo Pérez, Ángel Pérez y Tobías Cáceres efectuaron disparos de arma de fuego desde la casa de Tobíaas Cáceres hacia la casa de la mujer víctima del primer y quinto hecho. En este hecho, una vecina les pidió que paren porque que había gurises", y le manifiestan que le iban a incendiar la casa.
El séptimo hecho el día 9 de setiembre de 2024, a las 14.40, Emanuel Santana y Pérez, quienes se encontraban sobre calle Eloisa Paniagua, amenazaron a un hombre diciéndole que “lo iban a matar, en el momento en que la víctima toma su moto para ir a un Kiosco ubicado en calle Ramírez, Santana y Pérez comienzan a correrlo con un arma y a tirarle piedras mientras le seguían repitiendo que lo iban a matar, causándole temor".
El último hecho sucedió el 12 de septiembre de 2024, a las 14:30, cuando junto al menor TC desde la esquina de calle Dorrego y Neuquén de barrio Macarone, portando cada uno de ellos armas de fuegos cuyas características se desconocen por no haber sido habidas, efectuaron al menos seis disparos en dirección a un joven que se encontraba en la vía pública, aproximadamente a una cuadra de ese lugar, impactando uno de los proyectiles en la parte posterior del omóplato izquierdo de un chico de 16 años, que en ese momento se retiraba de la escuela secundaria a la que concurre y se dirigía a su domicilio. (APF)