Una pasajera que cayó por las escaleras de un micro de larga distancia y sufrió una grave fractura en una pierna deberá recibir una indemnización de $53.300.000 más intereses, según resolvió el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2 de Lomas de Zamora. El accidente ocurrió en octubre de 2022, cuando la mujer intentaba cambiar de asiento mientras el colectivo se encontraba en movimiento.
La víctima, identificada como Dora Elena Maldonado, había contratado un servicio de la empresa Transportes Piru Tur SRL, que operaba bajo el nombre comercial Don Percano. El viaje tenía como punto de partida la localidad de Los Núñez, en el departamento Termas de Río Hondo, Santiago del Estero, y como destino la ciudad de Merlo, en la provincia de Buenos Aires.
El episodio ocurrió el 10 de octubre de 2022 y derivó en una demanda judicial contra la transportista. Tras analizar las pruebas, los testimonios y las consecuencias físicas y psicológicas del accidente, el juez Roberto Carlos Miño Sotero Arnold determinó que la empresa debía responder por los daños sufridos por la pasajera.
Cómo ocurrió el accidente dentro del micro
De acuerdo con la presentación judicial, Maldonado abordó el colectivo de doble piso alrededor de las 16. Cerca de las 18.50, mientras el vehículo circulaba por la Ruta Provincial 211, a la altura del paraje Rodeo Valdez, uno de los choferes le solicitó que abandonara el asiento que ocupaba en la planta superior.
Según relató la mujer, el conductor le explicó que ese sector estaba reservado para otros pasajeros y que debía trasladarse hacia la parte trasera de la unidad.
La pasajera sostuvo que el colectivo continuaba circulando cuando intentó cambiar de lugar. En esas circunstancias, perdió el equilibrio y cayó por las escaleras que comunicaban los dos pisos del vehículo. Como consecuencia del impacto, sufrió lesiones de gravedad y, según su declaración, llegó a perder el conocimiento.
Sufrió una fractura y quedó con incapacidad permanente
Después del accidente, Maldonado debió recibir asistencia médica y someterse a una intervención quirúrgica debido a la gravedad de la lesión en su pierna izquierda.
Una pericia médica incorporada al expediente confirmó que había sufrido una fractura que requirió la colocación de un clavo intramedular para estabilizar el hueso. El tratamiento demandó un proceso de recuperación prolongado, acompañado de rehabilitación.
Los especialistas también constataron cicatrices en la rodilla y el muslo izquierdo, además de limitaciones físicas que persistieron después de la intervención.
El informe médico determinó que la mujer presentaba una incapacidad parcial y permanente del 54,6%, porcentaje que fue considerado por la Justicia al momento de establecer la reparación económica.
Además, una evaluación psicológica identificó consecuencias emocionales relacionadas con el accidente y recomendó que la pasajera continuara un tratamiento durante al menos doce meses, publicó TN.
Por qué la Justicia responsabilizó a la empresa
Durante el proceso judicial, la aseguradora reconoció que existía una cobertura vigente para el transporte, aunque rechazó las imputaciones formuladas y cuestionó los montos reclamados por la demandante.
Por su parte, Transportes Piru Tur SRL fue declarada en rebeldía debido a que no compareció al proceso judicial en los términos correspondientes.
Para resolver el caso, el magistrado analizó la denuncia del siniestro presentada ante la aseguradora y las declaraciones de distintos testigos, cuyos testimonios respaldaron la versión de la pasajera.
El juez consideró que el accidente había quedado acreditado y recordó que las empresas de transporte tienen la obligación de garantizar que los pasajeros lleguen de manera segura al destino contratado.
Asimismo, sostuvo que durante el juicio no se habían demostrado circunstancias que permitieran eximir de responsabilidad a la transportista por las lesiones sufridas por Maldonado.
Cuánto deberá pagar la empresa de transporte
La sentencia fue dictada el 15 de octubre de 2026 por el juez Roberto Carlos Miño Sotero Arnold, quien estableció una indemnización total de $53.300.000 más intereses. El monto quedó distribuido de la siguiente manera:
- $30.000.000 por incapacidad física permanente.
- $8.000.000 por daño psicológico y tratamiento.
- $15.000.000 por daño moral.
- $300.000 por gastos médicos, farmacéuticos y de traslado.
La suma más importante correspondió a las secuelas físicas permanentes que sufrió la pasajera, mientras que los restantes conceptos contemplaron las consecuencias emocionales, los padecimientos derivados del accidente y los gastos vinculados con su atención.
De esta manera, la Justicia concluyó que la empresa debía responder económicamente por los daños ocasionados durante el viaje, al considerar que no había cumplido con su obligación de seguridad respecto de la pasajera.
El fallo estableció así una reparación por las lesiones físicas y psicológicas que sufrió Maldonado tras caer por las escaleras del colectivo. La información disponible no precisó si la sentencia se encontraba firme o si había sido apelada.