La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Guía 56 del Libro de Sueldos Digital (LSD), donde detalla el funcionamiento operativo del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), previsto en la Ley 27.802 y reglamentado a través del Decreto 315/2026 y la Resolución General 5844/2026.
El esquema está dirigido a empleadores del sector privado que incorporen nuevos trabajadores y cumplan con las condiciones establecidas por la normativa laboral vigente. La medida apunta a reducir el costo de contratación formal y fomentar la generación de empleo registrado en distintos sectores de la economía.
Cómo funciona la reducción de contribuciones patronales
De acuerdo con lo informado por ARCA, el beneficio alcanza a las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), el Fondo Nacional de Empleo (FNE) y el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF).
El artículo 159 de la Ley 27.802 establece una alícuota total del 2% para las contribuciones destinadas al SIPA, FNE y asignaciones familiares, mientras que se fija un 3% para el INSSJP. Esta reducción podrá aplicarse durante los primeros 48 meses desde el inicio de la relación laboral.
La normativa también aclara que quedan excluidas las alícuotas adicionales vinculadas a regímenes previsionales diferenciales o especiales de la seguridad social. Según explicó el consultor tributario Marcos Felice, la implementación práctica ya fue incorporada al sistema de Declaración en Línea de ARCA.
Qué deben informar los empleadores en el F.931
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la obligatoriedad de informar correctamente la modalidad de contratación para acceder al beneficio. En ese sentido, ARCA precisó que cada empleador deberá consignar en el formulario F.931 el código “710 – Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802”.
Ese código ya se encuentra habilitado dentro del perfil del trabajador en el sistema Declaración en Línea, tras las modificaciones incorporadas en la versión 47.7 de la plataforma.
Además, las altas laborales deberán registrarse obligatoriamente mediante el servicio “Simplificación Registral” con clave fiscal y tendrán que haberse producido entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027 inclusive.
Quiénes podrán acceder al beneficio laboral
La legislación también define cuáles son los trabajadores que podrán ser incorporados dentro del régimen de incentivo. Según el artículo 157 de la Ley 27.802, el beneficio se aplicará cuando el empleado reúna alguna de las condiciones previstas por la norma, comunicó Iprofesional.
Entre ellas, se encuentran las personas que no hayan tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, quienes hayan permanecido desempleados durante los seis meses previos al alta laboral o quienes hayan estado inscriptos en el Monotributo.
También podrán acceder trabajadores provenientes del sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con estas medidas, el Gobierno busca avanzar en un esquema de reducción de costos laborales para incentivar nuevas incorporaciones formales dentro del sector privado.