La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. El nuevo vencimiento quedó establecido para el 22 de septiembre de 2026, mientras que el primer anticipo correspondiente a 2026 podrá abonarse hasta el 24 del mismo mes.
La decisión quedó establecida mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes 25 de agosto en el Boletín Oficial. La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como a quienes estén adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La resolución confirmó así una nueva modificación del calendario fiscal, a pocos días del vencimiento que estaba previsto para el jueves 27 de agosto. ARCA justificó la decisión en “razones de administración tributaria” y señaló que el objetivo fue facilitar el cumplimiento de las obligaciones.
La declaración jurada podrá presentarse hasta septiembre
Según estableció la normativa, los contribuyentes alcanzados tendrán tiempo hasta el 22 de septiembre de 2026 para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025.
Sin embargo, existe una diferencia importante entre la presentación y el pago. La resolución mantuvo como fecha de vencimiento para el pago del saldo resultante el 27 de julio de 2026.
Es decir, la nueva prórroga no extiende el plazo para abonar el impuesto determinado, sino específicamente el correspondiente a la presentación de la declaración jurada.
También postergaron el primer anticipo de Ganancias 2026
ARCA modificó además el vencimiento correspondiente al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026, que originalmente debía cumplirse durante agosto.
La obligación podrá cumplirse excepcionalmente hasta el 24 de septiembre de 2026 inclusive, según estableció el artículo segundo de la Resolución General 5890/2026.
La medida representa una nueva postergación. ARCA había extendido anteriormente hasta el 27 de julio el plazo para determinadas obligaciones correspondientes al período fiscal 2025 y posteriormente había concedido tiempo adicional hasta el 27 de agosto para presentar Ganancias.
Por qué ARCA volvió a modificar las fechas
En los fundamentos de la resolución, el organismo recaudador sostuvo que “razones de administración tributaria” hicieron aconsejable extender nuevamente los plazos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La disposición fue firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y entró en vigencia este martes 25 de agosto, coincidiendo con su publicación en el Boletín Oficial.
De esta manera, el calendario quedó con dos fechas centrales para los contribuyentes alcanzados: 22 de septiembre para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 y 24 de septiembre para ingresar el primer anticipo de Ganancias 2026.
La modificación alcanza específicamente a personas humanas y sucesiones indivisas contempladas por la normativa. En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025, la resolución mantuvo el vencimiento excepcional establecido previamente para el 27 de julio.