Sociedad Cambios para empresas

ARCA eliminó una retención por la contratación de personal eventual: cómo será el pago

Las empresas que contratan trabajadores mediante firmas de servicios eventuales dejarán de retener contribuciones patronales. Las obligaciones de seguridad social deberán ser abonadas directamente por las compañías que suministran el personal.

20 de Octubre de 2026
ARCA.

ARCA eliminó el régimen de retención de contribuciones patronales que debían aplicar las empresas al contratar personal mediante firmas de servicios eventuales. Desde este martes, las compañías que suministran a los trabajadores deberán pagar directamente las obligaciones de seguridad social.

 

El cambio alcanza a las empresas usuarias de esos servicios, que hasta ahora debían retener una parte de los importes facturados por sueldos, jornales y otras remuneraciones del personal contratado bajo esa modalidad.

 

 

Según informó la Agencia Noticias Argentinas, la medida fue establecida mediante la Resolución General 5913/2026, publicada este martes 20 de octubre en el Boletín Oficial y vigente desde ese mismo día.

 

Qué retención eliminó ARCA

 

El mecanismo anterior destinaba los montos retenidos al ingreso de las contribuciones patronales correspondientes a los trabajadores de las empresas de servicios eventuales. La retención quedaba a cargo de las compañías que utilizaban ese personal.

 

Con la nueva disposición, ARCA dejó sin efecto ese procedimiento y abrogó las resoluciones generales 3.983, su modificatoria y 4.003 de la Dirección General Impositiva, que regulaban el sistema.

 

 

Las empresas de servicios eventuales quedan a cargo del pago directo de las obligaciones derivadas de los regímenes de la seguridad social. El esquema también comprende las cuotas sindicales y las retenciones legales aplicables a la actividad de la empresa usuaria.

 

Por qué se modificó el mecanismo

 

El organismo fundamentó la decisión en la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral 27.802, instrumentada mediante el Decreto 407/2026.

 

En particular, citó el artículo 8 del Anexo II de ese decreto, que establece el pago directo por parte de las firmas de servicios eventuales. A partir de esa disposición, ARCA consideró que el régimen de retención anterior resultaba inaplicable.

La resolución fue firmada el lunes por el director ejecutivo del organismo, Andrés Edgardo Vázquez. La modificación cambia la forma de ingresar los fondos: las contribuciones continúan siendo obligatorias y su pago corresponde a las empresas que suministran el personal.

ARCA personal eventual