Sociedad Cambios en la venta de medicamentos

ANMAT amplió la lista de medicamentos de venta libre: cuáles ya no requerirán receta

La ANMAT dispuso que diez principios activos pasen de venta bajo receta a venta libre. La medida alcanza a medicamentos para alergias, trastornos digestivos, mareos, tos, pediculosis y otros tratamientos.

28 de Julio de 2026
ANMAT amplió la lista de medicamentos de venta libre Ilustrativa

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó que una serie de medicamentos de uso frecuente puedan comercializarse sin receta médica. La medida fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y comenzará a regir desde el día siguiente a su publicación.

 

La resolución alcanza a especialidades medicinales que durante al menos cinco años se comercializaron bajo receta y que, según la evaluación realizada por el organismo, demostraron un perfil de seguridad y eficacia que permite modificar su condición de expendio.

 

La ANMAT explicó que la decisión se tomó luego de analizar los reportes de farmacovigilancia nacionales e internacionales y de verificar que estos medicamentos no presentaron efectos adversos graves que alteraran la relación entre riesgos y beneficios durante su permanencia en el mercado.

Qué medicamentos pasan a ser de venta libre

La disposición comprende diez ingredientes farmacéuticos activos y asociaciones que podrán venderse sin prescripción médica, siempre que se ajusten a las concentraciones y presentaciones autorizadas.

 

Los medicamentos alcanzados son:

Trimebutina maleato 100 mg, utilizada para trastornos digestivos.

Levocetirizina en comprimidos y solución oral, indicada para alergias.

Fexofenadina en comprimidos y solución oral, antihistamínico para cuadros alérgicos.

Dimenhidrinato 50 mg, empleado para prevenir y tratar mareos y náuseas por movimiento.

Nafazolina + Feniramina, en solución oftálmica para alergias oculares.

Olopatadina, en gotas oftálmicas.

Carboximetilcisteína, en jarabe o solución oral para afecciones respiratorias.

Cloruro de aluminio hexahidratado, en loción tópica.

Carbonato de calcio + Tintura de Árnica Montana + Nitrato de Plata, para uso tópico y oral.

Ivermectina al 0,5% en loción, destinada exclusivamente al uso tópico.

 

Qué deberán hacer los laboratorios

La disposición establece que los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes elaborados antes de la entrada en vigencia de la norma con los envases actuales. Sin embargo, los nuevos lotes deberán adecuar el rotulado para reflejar la condición de venta libre e incorporar un código QR con el prospecto correspondiente.

 

Además, los titulares de los registros deberán adaptar las presentaciones de los medicamentos a las dosis, intervalos y duración de los tratamientos aprobados, así como actualizar la documentación de los certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).

 

La ANMAT aclaró que el incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a las sanciones previstas por la legislación vigente y remarcó que la medida forma parte del proceso de revisión de medicamentos impulsado por el Ministerio de Salud para ampliar el acceso a productos de comprobada seguridad y eficacia.

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