REDACCIÓN ELONCE
La ex AFIP estableció los umbrales a partir de los cuales las transferencias, pagos y extracciones quedarán bajo análisis durante 2026. Los límites varían según el tipo de operación y si se trata de personas físicas o jurídicas, y buscan prevenir maniobras irregulares.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que durante 2026 continuará monitoreando un rango específico de transferencias bancarias y operaciones realizadas a través de billeteras virtuales, de acuerdo con los montos involucrados en cada movimiento. La medida, enmarcada en la normativa vigente, definió con precisión qué operaciones quedarán bajo la lupa del organismo recaudador y en qué casos se activarán controles automáticos.
Según lo establecido, las transferencias realizadas entre cuentas bancarias o billeteras virtuales de personas físicas no generarán reportes automáticos durante 2026 siempre que no superen el monto total de $50.000.000 en un mes calendario. Este límite aplica tanto para transferencias entre familiares como entre terceros, siempre que no exista una relación comercial habitual ni se detecten comportamientos sospechosos.
Desde ARCA aclararon que el tope fijado no elimina la posibilidad de fiscalización posterior, pero sí evita que la operación sea reportada automáticamente ante la Unidad de Información Financiera (UIF) a través de los sistemas de monitoreo de operaciones sospechosas, utilizados principalmente para prevenir maniobras de lavado de dinero.
En este sentido, el foco de los controles no está puesto únicamente en el monto transferido, sino también en la capacidad del receptor para justificar el origen lícito de los fondos. Entre los conceptos aceptados se incluyen ahorros declarados, ingresos laborales formales, venta de bienes o activos y otras operaciones debidamente documentadas. Desde los organismos oficiales remarcaron que, cuando el dinero está correctamente respaldado, no se generan inconvenientes para el contribuyente.
Montos que disparan investigaciones en 2026
De acuerdo con la reglamentación vigente de ARCA, durante 2026 los topes a partir de los cuales el organismo puede solicitar información adicional se estructuran de la siguiente manera:
Transferencias y acreditaciones
-Personas físicas: hasta $50.000.000
-Personas jurídicas: hasta $30.000.000
Extracciones en efectivo
-Hasta $10.000.000, tanto para personas físicas como jurídicas
Estos límites rigen para todas las billeteras virtuales y entidades financieras registradas en el país. En caso de superarse los valores establecidos, las operaciones pueden dar lugar a requerimientos de documentación por parte de ARCA y, eventualmente, a la intervención de la UIF.
Qué documentación puede exigir ARCA
Cuando una operación supera los montos permitidos y queda bajo análisis, ARCA puede iniciar un proceso de verificación para determinar el origen y el destino de los fondos. En ese marco, el fisco nacional se encuentra facultado para solicitar distinta documentación de respaldo.
Entre los principales elementos requeridos se encuentran comprobantes de compra o venta, documentación que acredite las operaciones realizadas, recibos de sueldo o constancias previsionales, facturación de los últimos tres a seis meses y constancia de inscripción en el Monotributo. En algunos casos, también puede exigirse una certificación de fondos firmada por un contador público matriculado.
El objetivo de estos controles es determinar si los movimientos se condicen con el perfil fiscal del contribuyente y con los ingresos previamente declarados ante el organismo.
Errores frecuentes que pueden activar controles
ARCA también difundió un listado de los errores más comunes que suelen derivar en fiscalizaciones o pedidos de información adicional. Entre ellos se destacan transferir montos que excedan los topes permitidos, superar los límites sin contar con ingresos declarados, no poder justificar el origen de los fondos depositados en cuentas bancarias o billeteras virtuales y no responder a los requerimientos realizados por las entidades financieras o plataformas digitales.
El incumplimiento o la falta de respuesta ante estos pedidos puede agravar la situación del contribuyente y derivar en sanciones o procesos más exhaustivos de verificación.
Otros límites clave que conviven con las transferencias
Además de los montos vinculados a transferencias, existen otros valores que ARCA tiene en cuenta al analizar la situación patrimonial de las personas físicas y jurídicas.
Por ejemplo, el saldo máximo permitido al último día del mes para personas físicas sin ingresos declarados o consistentes es de $50.000.000. En el caso de los plazos fijos, el límite sin justificativos asciende a $100.000.000, al igual que las tenencias en sociedades de bolsa, publicó IProfesional.
En cuanto a las compras como consumidor final, las operaciones se informan a partir de los $10.000.000, tanto para personas físicas como jurídicas. Asimismo, los pagos tienen un tope de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Transferencias y control fiscal
De este modo, para que las transferencias realizadas entre cuentas bancarias o billeteras virtuales de personas físicas no generen reportes automáticos durante 2026, el total mensual no deberá superar los $50.000.000.
Aunque el sistema busca reducir alertas innecesarias, desde ARCA recordaron que el control fiscal sigue vigente y que la clave para evitar inconvenientes es contar con ingresos y fondos correctamente declarados.