Sociedad Salud y PAMI implementan sistema virtual

Recetas médicas digitales: Cómo es el procedimiento y la validación del papel

Está vigente la modalidad de receta electrónica para la prescripción de medicamentos. Es una medida excepcional por el aislamiento por la pandemia y <b>para evitar ir al médico. Cómo es el procedimiento para la prescripción digital</b>.

2 de Abril de 2020

El Ministerio de Salud de la Nación informa que se autorizó con carácter excepcional, la prescripción de los medicamentos detallados en las Listas III y IV de la Ley N° 19.303, <b>de medicamentos para pacientes con tratamiento oncológicos o pacientes con tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), así como cualquier otro que se utilicen bajo receta</b>, excluidos los estupefacientes, <b>en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio</b>.

La decisión, que se mantendrá vigente mientras dure la cuarentena, fue oficializada mediante la Resolución 696/2020 publicada en el Boletín Oficial.

 

 

 

 

 

<h5>Para no concurrir al médico</h5>

"Esta medida persigue claramente la idea de apoyar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio de los pacientes, <b>evitando que tengan que ir a la consulta con sus médicos", explicó el secretario de Calidad en Salud, Arnaldo Medina</b>, quien añadió que "también <b>ayuda a descongestionar los centros asistenciales resguardando la salud de los pacientes</b>, asegurando que las recetas puedan ser remitidas y ellos dispongan de los medicamentos que necesitan, evitando que tomen contacto con personas que puedan estar infectadas con el coronavirus".

 

 

 

<h5>Validez por tres meses</h5>

Medina dijo que "la resolución es integral porque, <b>no solamente facilita los modelos electrónicos, sino que también permite, en caso de que se siga haciendo la receta en forma manuscrita</b>, garantizar su validez durante tres meses para que el paciente no tenga que volver al médico, siempre y cuando no se ponga en peligro su salud".

 

<h5>Procedimiento para la prescripción digital</h5>

 

-El paciente le deberá informar al médico prescriptor cuál será la farmacia en cercanía a su domicilio que es de su preferencia, incluyendo datos del farmacéutico como número de teléfono o de WhatsApp, mail o fax.

 

-El médico confeccionará la prescripción de cualquier medicación de venta bajo receta en un recetario papel con original y duplicado, donde deberán constar los siguientes datos: nombre y apellido del médico, domicilio (del consultorio o establecimiento de salud) y teléfono.

 

-En la prescripción se deberá consignar los datos de la farmacia informada por el paciente, y los datos del paciente, además de la firma y sello del médico, fecha y numeración secuencial.

 

-El médico deberá tomar una foto de la receta y la enviará por WhatsApp, mail o fax al paciente y a la farmacia, informando al paciente que envió la receta y constatar la recepción de la misma. Luego deberá registrarlo en un libro abierto al efecto de este procedimiento.

 

-Finalmente, el médico deberá archivar junto al libro los originales de la receta y resguardar el contacto mantenido con los pacientes, quienes deberán remitir por alguno de los medios autorizados la prescripción a la farmacia.

 

-Esta informará inmediatamente al paciente si los medicamentos están disponibles para su entrega, y si puede ser retirado en la misma por el paciente o un tercero autorizado.

 

-En todos los casos de medicamentos prescritos bajo esta modalidad bajo receta archivada, la farmacia deberá guardar copia de la prescripción enviada por el médico y por el paciente y registrarlo en el libro recetario, ya que se deberán conservar para futuras fiscalizaciones.

 

 

 

<h5>Validez del formato papel</h5>

Cabe señalar que si en lugar de usar el mecanismo aquí previsto, <b>el paciente tuviera en su poder recetas en formato papel</b>, aún pendientes de presentar al dispensador, la misma <b>conservará su validez por hasta noventa días desde la fecha de su prescripción</b>.

Asimismo, el profesional prescritor podrá prescribir en formato papel los medicamentos que bajo receta <b>correspondan a los tres próximos meses de tratamiento del paciente, a fin de facilitarle su no concurrencia al consultorio</b> cuando a su criterio esa modalidad favorezca la preservación de la salud del mismo.

 

<h5>Modalidad para los afiliados al PAMI</h5>

-En el caso de los afiliados al PAMI, está vigente la modalidad de receta electrónica, es decir que los jubilados podrán pedir a su médico o médica de cabecera, sin necesidad de concurrir al consultorio, que prescriba los remedios que estarán disponibles en la farmacia de forma automática.

 

-El profesional médico deberá cargar la receta en un sistema de validación, que es el que permite a la farmacia verificar la información y entregar los medicamentos a cualquier persona con DNI y credencial PAMI, evitando de esta manera que los jubilados concurran al consultorio.

 

-De la medida quedan exceptuados los medicamentos oncológicos y psico fármacos que seguirán bajo los modos de prescripción habituales, de receta electrónica en formato papel.