El Gobierno nacional modificó los límites de consumo de luz subsidiado para las zonas cálidas y muy cálidas del país, mediante la Resolución 300/2026 de la Secretaría de Energía, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La disposición sustituye el anexo de la Resolución 13/2026 que establecía los consumos base diferenciales para determinadas zonas bioambientales, en el marco del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Se fundamenta en la necesidad de revisar los parámetros de consumo eléctrico residencial correspondientes a regiones caracterizadas por temperaturas elevadas, especialmente durante los períodos de mayor demanda energética.
El Decreto 943/2025 había fijado un esquema general de consumos eléctricos subsidiados de 300 kilovatios hora (kWh) mensuales para enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre.
Para marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, el límite general establecido era de 150 kWh mensuales.
La misma normativa había facultado a la Secretaría de Energía a establecer consumos diferenciales para provincias o regiones con particularidades climáticas, considerando las necesidades indispensables de los hogares.
Qué zonas comprende la modificación
La nueva resolución dispuso la adecuación de los consumos base diferenciales correspondientes a las zonas bioambientales denominadas "Muy cálido", identificadas como Ia y Ib, y "Cálido", identificadas como IIa y IIb.
Según los fundamentos oficiales, distintas provincias y entidades representativas de estas jurisdicciones habían presentado información sobre la incidencia de las altas temperaturas en la demanda eléctrica residencial.
La Secretaría de Energía también consideró información técnica elaborada por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), relacionada con la evolución de los consumos durante períodos de temperaturas elevadas.
A partir de esos antecedentes, el organismo resolvió actualizar los parámetros mediante un esquema que contemple las particularidades estacionales de las regiones alcanzadas.
Cuáles son los nuevos límites de consumo eléctrico subsidiado
La Secretaría de Energía estableció nuevos límites de consumo de electricidad con subsidios nacionales, diferenciados según las condiciones climáticas de cada región y los meses del año.
De acuerdo con el anexo de la Resolución 300/2026, los hogares ubicados en zonas consideradas muy cálidas podrán acceder a un consumo base subsidiado de hasta 500 kWh mensuales durante noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo y abril.
En esas mismas zonas, el límite será de 300 kWh mensuales durante mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre.
Para las regiones clasificadas como cálidas, el consumo base subsidiado será de 370 kWh mensuales en diciembre, enero y febrero. Durante los restantes meses del año, el límite será de 300 kWh.
Qué sucede en el resto del país
Para las localidades que no están comprendidas en las categorías de zonas cálidas o muy cálidas, la normativa estableció los siguientes límites:
300 kWh mensuales: enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre.
200 kWh mensuales: septiembre y octubre de 2026.
150 kWh mensuales: marzo, abril y noviembre.
Estos valores corresponden a los bloques de consumo eléctrico alcanzados por el régimen de subsidios nacionales, según las condiciones de acceso establecidas para cada usuario.
La resolución entra en vigencia este 27 de octubre y sustituye el anexo de la Resolución 13/2026, sin modificar la clasificación de las zonas bioambientales establecidas por la normativa vigente.