Desde el lunes 31 de agosto, los bancos y proveedores no financieros de crédito podrán utilizar una nueva herramienta para cobrar las cuotas de determinados préstamos. El sistema, denominado Cobros por Transferencia, fue establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La medida generó dudas por la posibilidad de que las entidades puedan “ingresar” a las cuentas para cobrar deudas. Sin embargo, el mecanismo no habilita el acceso indiscriminado al dinero de los clientes ni permite buscar fondos en cualquier banco o billetera virtual.
El nuevo instrumento se aplicará solamente a los créditos otorgados bajo esta modalidad. Además, antes de recibir el préstamo, la persona deberá autorizar expresamente que las cuotas sean debitadas de la cuenta en la que se acreditó el dinero.
Cómo cobrarán las deudas los bancos
Por ejemplo, si una financiera concede un préstamo y deposita el dinero en una cuenta bancaria elegida por el cliente, podrá solicitar que las cuotas se debiten desde esa misma cuenta. No estará habilitada para retirar fondos de otras cuentas que la persona tenga en diferentes entidades.
La operación deberá ser informada al cliente con un día de anticipación. La entidad podrá efectuar un intento inicial de cobro y, si no encuentra saldo suficiente, tendrá permitido realizar hasta dos reintentos: uno a las 48 horas y otro a las 96 horas.
El titular podrá retirar su consentimiento en cualquier momento y la baja tendrá efecto inmediato. Esto impedirá nuevos débitos mediante la herramienta, pero no eliminará las deudas ni la obligación de pagar las cuotas por otro medio.
Qué préstamos podrán utilizar el nuevo sistema
El mecanismo solamente podrá emplearse en préstamos con cuotas fijas e iguales durante toda la vigencia del contrato. El BCRA estableció, además, que al momento de otorgarse el crédito la relación entre la cuota y los ingresos del solicitante no deberá superar el 30%.
La normativa busca limitar el sobreendeudamiento y evitar cobros abusivos. La cantidad de intentos estará restringida y las entidades deberán contar con la autorización expresa de la persona antes de comenzar a utilizar el sistema.
Según la información oficial del Banco Central, desde el 31 de agosto la infraestructura deberá estar disponible para cobrar conceptos vinculados con préstamos pagaderos mediante cuotas fijas e iguales.
Qué dinero no podrá ser debitado
La regulación excluye del cobro los fondos colocados en cuentas remuneradas y fondos comunes de inversión. Tampoco podrán tomarse activos comprados mediante operaciones de dólar MEP para cancelar las deudas.
Los bancos y las fintech deberán adaptar sus sistemas para permitir la operatoria, aunque no estarán obligados a ofrecerla en todos sus créditos. Desde el sector financiero advirtieron que todavía existen dudas técnicas y solicitaron postergar su implementación.
En síntesis, la herramienta no autoriza a los acreedores a revisar todas las cuentas de una persona. Solamente permitirá debitar las cuotas de nuevos préstamos desde la cuenta previamente informada y autorizada por el cliente, bajo límites y condiciones establecidos por el BCRA.